CCOO reclama información por la decisión de la Agencia Tributaria respecto de la tributación por IRPF de mutualistas

El sindicato reitera al Ministerio de Hacienda la necesidad de abordar esta cuestión de inmediato, e insta a la Agencia Tributaria a que facilite una serie de datos que considera imprescindibles para conocer el número de personas pensionistas afectadas y así poder medir el impacto económico que van a sufrir, incluyendo el coste por la demora y el fraccionamiento del pago.

En diciembre de 2024, de forma sorprendente e inesperada, se han modificado los términos de reclamación de estas cantidades que se habían determinado hace un año, alterando a través de la Disposición Final Décima Sexta de la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, el criterio y procedimiento y dejando sin efecto las solicitudes de devolución que no hubieran sido resueltas antes del 22 de diciembre de 2024, además de obligar a las personas pensionistas afectadas a reclamar, por segunda vez, pero ahora año a año, entre los años 2025 y 2028, dentro de los plazos de presentación anual de la declaración del IRPF, con el evidente perjuicio para la gran mayoría de las personas pensionistas afectadas.

Como ya manifestamos al tener conocimiento de los hechos, es una decisión arbitraria, que crea inseguridad jurídica, que aplica con carácter retroactivo una normativa fiscal que es desfavorable para el contribuyente, crea agravio comparativo entre las personas pensionistas afectadas (a unas, las menos, se les ha devuelto el exceso y a otras, la mayoría creemos, se les obliga a comenzar de nuevo el procedimiento y recibir la posible devolución de manera fraccionada en 4 ejercicios fiscales), además de los elementos de incertidumbre y demora que ello introduce a las personas pensionistas afectadas,

Una vez más, reiteramos al Ministerio de Hacienda la necesidad de abordar esta cuestión de inmediato y buscar fórmulas que permitan corregir esta situación en el menor plazo posible, para evitar las consecuencias lesivas que pueden derivarse de este cambio en el procedimiento así como la injustificada diferencia de trato entre personas que comparten una misma situación y, con ello, que se facilite recuperar la aplicación de la DT 2º de la Ley 35/2006 del IRPF, como estaba previsto en los procedimientos establecidos y acordados hace un año.

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Actualizado (Jueves, 23 de Enero de 2025 13:06)

 

Las empleadas y empleados públicos cobrarán el 0,5% adicional de 2024 comprometido en el acuerdo con CCOO y UGT

Instamos al Gobierno a negociar un nuevo acuerdo para la Función Pública que avance en áreas esenciales como empleo, derechos y retribuciones

El Área Pública de CCOO y UGT Servicios Públicos valoran que se haga efectiva la subida salarial pendiente del 0,5% adicional para el año 2024 comprometida en el Acuerdo Marco para una Administración del Siglo XXI e instan al Gobierno a iniciar la negociación de un nuevo pacto: un acuerdo que avance en áreas esenciales como empleo, derechos y retribuciones para mejorar las condiciones laborales de las empleadas y los empleados públicos y el servicio que se presta a la ciudadanía.

El aumento del 0,5% adicional y consolidable será efectivo una vez quede publicado en el BOE el acuerdo del Consejo de Ministros. Este incremento es aplicable a las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2023 y culmina los compromisos salariales del acuerdo actual. El aumento salarial adicional del 0,5% para 2024 estaba condicionado al cumplimiento de un requisito macroeconómico: que la variación acumulada del IPC armonizado (14,6% entre 2022 y 2024) superase el incremento retributivo fijo de ese periodo (8%).El requisito se ha cumplido y, una vez salvada la referida publicación en el BOE, el aumento retributivo se debería llevar a cabo a la mayor brevedad posible por parte de las distintas Administraciones Públicas.

Con este último incremento, el acuerdo firmado por UGT y CCOO sitúa la subida salarial para los empleados y empleadas públicas entre 2022 y 2024 en el entorno del 10%. Además, también ha hecho realidad la recuperación y mejora de derechos laborales y ha modernizado y avanzado en ámbitos como el empleo público, la jornada laboral, la incapacidad laboral y la jubilación parcial anticipada para las y los funcionarios.

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Actualizado (Miércoles, 15 de Enero de 2025 14:26)

 

Aspectos importantes, tras la aprobación en Mesa General de las Bases de Funcionarización

Proceso selectivo: Concurso-oposición de acuerdo con la Disposición Transitoria Segunda del TREBEP y el informe de Asesoría Jurídica Municipal de 2018.

• El procedimiento para la baremación de los méritos en la fase de concurso se automatizará y se utilizará la misma plataforma informática utilizada para la estabilización, presentando la persona candidata una auto baremación y la comprobación se hará de oficio por parte de la Dirección General de Planificación.

• La persona candidata (personal laboral fijo) opta a su propia plaza, no pudiendo presentarse nadie más.

Fase de oposición constará de un único ejercicio, consistente en un cuestionario tipo test, con un máximo de 3 respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta, y sin que penalicen las respuestas erróneas o no contestadas.

• El órgano de selección no podrá incrementar el nivel de exigencia (nota de corte) aunque sí podría reducirla para que pudieran superar la fase de oposición un mayor número de personas.

• Número de temas por cada Subgrupo profesional:

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Actualizado (Lunes, 13 de Enero de 2025 11:31)

 

Información del desarrollo de la COMISE de 9 de enero de 2025

Esta Comise se ha celebrado porque se suspendió por motivos técnicos la que estaba convocada para finales de diciembre, por tanto, los puntos del orden del día son los mismos.

Propuesta de la Corporación:

• Acuerdo sobre el régimen de aplicación del artículo 67 “Régimen de compensación horaria”, sobre compensación horaria de la formación para el personal con jornada parcial.

Propuestas de CCOO:

- Reiteración de solicitud del cumplimiento del art. 19.3 sobre entrega a la parte sindical de información trimestral sobre las cantidades abonadas en conceptos de productividad, gratificaciones por servicios extraordinarios y horas extraordinarias.

- Aclaración sobre la aplicación del art. 8 Selección de personal Temporal en relación al procedimiento que se lleva a cabo a través de la agencia de Empleo y nos comentaron que nos remitirían la Instrucción en la que se establecen los requisitos específicos para        cada proceso o convocatoria, no nos han remitido la Instrucción que quedaron en enviarla.

- Aclaración sobre documentación acreditativa de los hechos causantes en el caso de los permisos del artículo 15.

- En relación al punto anterior, sobre acreditación del parentesco en el caso de justificación de los permisos, solicitamos aclaración sobre qué tipo de documento hay que presentar.

- Interpretación del art. 15, cuarto g), en relación a los justificantes que se aportan cuando no se establece vigencia por parte del facultativo sino solo reposo domiciliario, puesto que en la modificación que afecta a este artículo tras la aprobación del RD 5/2023          establece bien cinco días hábiles o cuatro días, dependiendo del grado de parentesco, solo condicionado a que en el justificante de la intervención quirúrgica se acredite que precisa reposo domiciliario por parte del facultativo.

- Interpretación del artículo 15, cuarto h) en Agencia Tributaria en cuanto a tener derecho a asistir a consulta de fisioterapia fuera de tu horario de trabajo.

- Aplicación del artículo 15 cuarto d).

- Artículo 5, h) La Comisión de Seguimiento del Acuerdo Convenio conocerá de los conflictos colectivos que sean sometidos a su conocimiento por cualquiera de las partes.

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Actualizado (Lunes, 13 de Enero de 2025 11:10)

 

Jóvenes CCOO de Madrid se acerca a tu universidad a ayudarte

El sindicato está poniendo en marcha un servicio de oficina sindical móvil para asesorar y ayudar a los y las trabajadoras por toda la Comunidad de Madrid. Desde Jóvenes CCOO de Madrid iniciamos el proyecto acercándonos a la Universidad Complutense de Madrid el 2º y 4º martes de cada mes en horario de 12h a 14h para asesorar a aquellos estudiantes que tengan cualquier problema en su trabajo, ya que somos conscientes que es la juventud trabajadora la que sufre en mayor medida la precariedad y los abusos por parte de los empresarios.

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Actualizado (Jueves, 09 de Enero de 2025 15:30)

 

La situación económica de España permite una subida generalizada de salarios

El Consejo Confederal de CCOO, reunido en Toledo los días 8 y 9 de enero, ha debatido y aprobado por 136 votos a favor y 3 abstenciones el informe presentado por el secretario general, que analiza el “endiablado” contexto mundial y formula algunas reflexiones y propuestas para los próximos meses.

 

El secretario general, Unai Sordo, ha trasladado al Consejo su intención de presentar su candidatura a la Secretaría General por tercera y última vez.

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Actualizado (Jueves, 09 de Enero de 2025 15:25)

 
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