Estrasburgo da la razón a una cajera que no pudo reducir su jornada para cuidar a su hijo

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha condenado este martes a España a pagar 16.000 euros por daños morales a una madre madrileña de 47 años, a la que no se aplicó una sentencia favorable del Tribunal Constitucional para obtener la reducción de jornada que le permitía cuidar de su hijo, un derecho que recoge el artículo 37.5 del Estatuto de los Trabajadores.

Raquel García, cajera en un hipermercado de Vallecas, había solicitado en 2003 una reducción de su jornada para la custodia legal de su hijo, por aquel entonces menor de seis años, edad hasta la cual se contempla esta petición. Así, pretendía trabajar por las tardes de lunes a miércoles, mientras la empresa exigía que continuase a turnos de lunes a sábado.

 

El Tribunal Superior de justicia reconoce el derecho a percibir la parte devengada de la paga extraordinaria de diciembre 2012

En sentencia dictada el 14 de diciembre de 2012, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid reconoce el derecho de las empleadas y los empleados públicos a percibir la parte proporcional de la paga extraordinaria correspondiente a los días devengados hasta la entrada en vigor del RD Ley 20/2012.
Es una sentencia que se dicta ante un conflicto colectivo presentado por las compañeras y los compañeros de ICM, y explicita en su fallo que “las pagas extraordinarias constituyen una manifestación del salario diferido, se devengan día a día, aunque su vencimiento tiene lugar en determinados meses del año, y su importe debe equipararse al salario regularmente percibido por el trabajador, no constituyendo meras expectativas, por lo que los trabajadores, demandantes, tiene derecho a su percepción, no pudiendo tener al norma efecto retroactivo lo que nos lleva (…) al abono a los mismos de la suma correspondiente a esos 14 días del mes de julio ya devengados”.
Es este un primer triunfo de lo que CCOO ha defendido en todo momento, el derecho de las empleadas y los empleados públicos a percibir la paga extraordinaria de diciembre, y será utilizado por nuestro gabinete jurídico en las demandas que tiene que ser
interpuestas en los próximos días.

Accede a la Sentencia

 

Reclamación Paga Navidad 2012

Como reiteradamente hemos venido diciendo, había que esperar al hecho evidente de no cobrar la paga para iniciar los procedimientos judiciales. Por ello, la semana pasada la Plataforma de Sindicatos del Sector público, en la que se encuentra CCOO, se reunió para evaluar las demandas judiciales que se interpondrán contra la supresión de la paga de Navidad del 2012.

La estrategia a seguir será la interposición de RECURSOS COLECTIVOS en diversos sectores públicos a lo largo de este mes de enero, para paulatinamente ir ampliando las demandas garantizando la defensa jurídica al conjunto de los empleados públicos.

Los primeros serán la A.G.E., Correos, Sanidad y Educación a nivel estatal. Y les seguiremos las CC.AA. y los ayuntamientos. La plataforma de Sindicatos de Madrid nos ha seleccionado al Ayuntamiento de Madrid para ser los primeros en interponer esta demanda colectiva. Por lo que en breve volveremos a ofreceros otra hoja informativa con información más concreta.

 

Paga de Navidad 2012

Según entró en vigor el RD 20/2012 mediante el cual Rajoy culminaba otro ataque al Estado de Bienestar, CCOO se puso en marcha para examinar las ilegalidades que se mostraban. En lo relativo a la supresión de la Paga de Navidad de 2012 para el personal de la Administración Pública inmediatamente llamamos a la cautela ante las muchas reclamaciones que comenzaron a circular por Internet. Desde CCOO del Ayuntamiento de Madrid enviamos una hoja informativa a principios de agosto en la que aclarábamos que SÓLO UNA VEZ COBRADA LA NÓMINA DE DICIEMBRE se podrían iniciar demandas individuales. Igualmente lo fuimos explicando en las rondas de asambleas posteriores que se fueron realizando en los centros de trabajo.

 

Primera sentencia (no firme) sobre el Plan de Ajuste del Ayuntamiento

El pasado 15 de noviembre recibimos en CCOO la primera Sentencia relativa al Conflicto Colectivo que interpusimos contra el Plan de Ajuste por el cual nos suprimían el premio de antigüedad y las ayudas de Acción Social, junto con una reducción drástica de los derechos sindicales.
Ha sido una triste noticia comprobar que el poder judicial se posiciona nuevamente con el poder político, dando argumentos para continuar por la senda de los recortes injustos.

 

Nuevo varapalo judicial al Ayuntamiento

Nuevo varapalo judicial al Ayuntamiento por no aplicar la Ley de Igualdad

Hace aproximadamente un año, a una compañera de Medio Ambiente se la denegó el disfrute de unos días de compensación que tiene su colectivo por no disfrutar de la reducción horaria en verano porque el Ayuntamiento consideró que el tiempo en el que la compañera estuvo de licencia maternal, que la coincidió con el verano, no era de trabajo efectivo. CCOO consiguió que los Tribunales la dieran la razón y pudo disfrutar de esos días. El mismo año en el que se dictó esa Sentencia el Ayuntamiento volvió a incurrir en una gravísima falta al vulnerar los derechos de las personas con licencia de maternidad y también de paternidad. Varias personas que, teniendo dos hijos/as en edad de primer ciclo de Educación Infantil (0-3), y solicitaron la ayuda correspondiente de la Acción Social de 2011 vieron reducida la cuantía de la misma en proporción al tiempo en el que el curso escolar le coincidió con la licencia. Llegando a perder de 100 a 600 euros, o el doble en caso de hijos gemelos, por ejemplo. Esta situación se presentó inmediatamente en la Mesa de Acción Social. Nuestra representación luchó para que esta situación se rectificase de oficio pues era, y es, una clara vulneración de la LO 3/2007 de la Ley de Igualdad entre mujeres y hombres. En varios de sus artículos esa LO viene a obligar a la empresa a considerar la maternidad, paternidad y lactancia como trabajo activo, y manifiesta que permanecer en estas situaciones para personas empleadas no puede traducirse en pérdida económica. Como resultado, CCOO consiguió que en las Bases de 2012 se rectificara la redacción y no volviera a ocurrir. Pero no hubo éxito en la pelea de la rectificación de oficio. Teniendo que iniciar demandas judiciales individuales las personas afectadas. Recientemente otra compañera ha conseguido, a través de la asesoría de CCOO, ver avalado el cobro completo de su ayuda de Educación Infantil a través de los Tribunales. Desde CCOO felicitamos a ésta y otras personas que sabemos iniciaron estas demandas; pero nos preguntamos ¿HASTA CUÁNDO SERÁ NECESARIO SEGUIR JUDICIALIZANDO ASUNTOS COMO ÉSTOS? Desde CCOO exigimos un Plan de Igualdad para el Ayuntamiento de forma inmediata. Y, por encima de todas las cosas, exigimos un cambio de actitud con respecto a cuestiones tan delicadas como son la igualdad y la conciliación. Asuntos que consideramos no se deben de solucionar en los Tribunales sino en la propia empresa.

 
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