CCOO ha vuelto a ganar otra sentencia, en la ATM

La ATM (Agencia Tributaria de Madrid) se quería quedar con dinero de nuestros compañeros y compañeras.

La ATM les reclamó a los compañeros y compañeras cantidades abonadas en 2007 y 2008 en base, según dice la Resolución de fecha 10 de octubre de 2013, a un error en el abono del complemento de antigüedad.

El 19 de febrero de 2009 se llegó a un acuerdo con las organizaciones sindicales estableciendo que “no se efectuaría ningún descuento ni reintegro de las cantidades individuales derivadas de la compensación cautelar establecida en la Resolución de la Gerencia de la ATM de  15. De diciembre de 2008 hasta tanto la Mesa General de Negociación no determinase el salario base del personal laboral”.

Como a fecha 10 de octubre de 2013 no se llegó por medio de la negociación colectiva a la determinación de la condición necesaria “determinar el salario base del personal laboral”, devino inaplicable el Acuerdo de 19 de febrero de 2009, en base al cual la ATM-Ayuntamiento de Madrid pretendía la devolución de las cantidades abonadas previamente como complemento de antigüedad.

Así las cosas, la Sentencia 178/2015 ha dado la razón a nuestros compañeros y compañeras, y ha condenado al Ayuntamiento, ha anulado la resolución de 10 de octubre de 2013 y, por tanto, ha condenado a la ATM a abonar a los afectados y afectadas las partes que le sustrajeron de la nómina, por decisión unilateral.

Se trata de una sentencia firme, sobre la cual no existe posibilidad de recurso

 

¡Enhorabuena compañeras y compañeros!

 

CCOO reclama a Recursos Humanos una Relación de Puestos de Trabajo “clara"

CCOO ha solicitado a la Dirección General de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Madrid el envío urgente y actualizado de la relación de puestos de trabajo (RPT) correspondiente al primer semestre de 2015 (Consultar RPT)
A principios de febrero, el Consistorio facilitó la RPT en la que se omitían datos que se recogían en la de 2014, por lo que el control y seguimiento de las actuaciones municipales se hacen imposibles por parte del sindicato.
En dicha relación no aparece, por ejemplo el requisito “Requisitos/Titulación”, incluso en los casos en los que debieran estar reflejados “cuando para el desarrollo de las funciones asignadas al puesto de trabajo, se requiera que el ocupante del mismo posea un requisito de titulación específica” (Decreto 12 de mayo de 2011 del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública por el que se define el contenido de la RPT y de la plantilla presupuestaria, se regula el procedimiento y se establecen criterios para su modificación).
Esperamos que a la mayor brevedad posible la Administración facilite los datos correctamente y esto se convierta en una práctica habitual, ya que no entendemos ni las omisiones ni la finalidad de la misma.

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Devolución de exceso de cotización a Seguridad Social por la extra de 2012

En la nómina del mes de febrero de 2015, la Administración recalculará las bases de cotización de enero de todos los empleados públicos, procediendo, por una parte, a prorratear a lo largo del ejercicio de 2015 el importe correspondiente a la extra de 2012 (abonada en enero); y, por otra, a excluir de dicha cotización a todos aquellos que hubieran realizado la misma en 2012, según R.D. 8/2010, de 20 de mayo.

Dicha devolución, los trabajadores podrán comprobarla en la nómina del mes de febrero.

 

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A los trabajadores de Macsa que pasaron al Ayuntamiento se les ha reconocido su derecho al cobro del premio de antigüedad

Estos compañeros generaron su derecho al premio en la antigua MACSA.

Pasaron al Ayuntamiento como consecuencia del ERE que se practicó en esa empresa (diciembre 2012) y que gracias a la lucha de la plantilla, en la que estuvo siempre presente las Comisiones Obreras de nuestro Ayuntamiento, se saldó sin ningún despido, y pasaron al Ayuntamiento en 2013.

Sin embargo, aun siendo personal municipal,  no vieron reflejado en su nómina de diciembre pasado el abono del premio de antigüedad, CCOO después de recabar la información de todos ellos, nos pusimos al habla con la corporación quien ha reconocido su derecho al cobro y se lo abonarán en los próximos meses.

 

Doble cotización por la extra de 2012

Otra vuelta de tuerca

La Administración, en su “obsesión” por machacar económicamente a los trabajadores y trabajadoras, les obliga a cotizar dos veces por la paga extra de 2012.

El  Real Decreto 20/2012 de 13 de julio, de Medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, que suprimió la paga extra de diciembre correspondiente al año 2012, no hacía minoración en la base de cotización de ese año en las nóminas de los empleados públicos. Es decir, se cotizó por parte de los empleados como si efectivamente hubieran cobrado la paga extra.

En la nómina del mes de enero del año 2015, se ha procedido a la devolución del 24,04 % de dicha paga extra, pero se ha detectado en las nóminas de la plantilla que se ha vuelto a cotizar por este concepto, viendo duplicadas así las cotizaciones por la misma percepción.

CCOO exige que se regularice la situación y que se restituya el importe correspondiente en la próxima nómina, para ello se ha cursado carta a la Coordinadora General de Recursos Humanos para que tome las medidas pertinentes para subsanar esta irregularidad.

 

El anormal nombramiento de Doña Casilda

Otro ejemplo más de las ilegalidades "digitales", y nos nos referimos a las informáticas, sino las que se hacen "a dedo", de los nombramientos que se realizan en el Ayuntamiento de Madrid, de los enchufismos y amiguismos que acabamos pagando todos las empleadas y empleados públicos y la ciudadanía de Madrid.

La sentencia firme 355/2014 de 4 de julio de 2014 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dado lugar a la publicación en el BOAM de un Acuerdo de 20 de noviembre de 2014 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se cesa, en ejecución de sentencia, a doña Casilda Méndez Magán como Directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno.
Y es que los dirigentes de nuestro Ayuntamiento se creen muy listos…

El colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local de la Comunidad de Madrid, impugnó el Acuerdo de  nombramiento de doña Casilda de fecha 5 de enero de 2012, insistiendo en que vulneraba ese acuerdo la normativa básica tanto en las funciones de la fe pública como en las de asesoramiento legal y que dichas funciones son reservadas a la escala de funcionarios con habilitación estatal por la normativa de carácter básico del EBEP.

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