Reclamación Paga Navidad 2012
Como reiteradamente hemos venido diciendo, había que esperar al hecho evidente de no cobrar la paga para iniciar los procedimientos judiciales. Por ello, la semana pasada la Plataforma de Sindicatos del Sector público, en la que se encuentra CCOO, se reunió para evaluar las demandas judiciales que se interpondrán contra la supresión de la paga de Navidad del 2012.
La estrategia a seguir será la interposición de RECURSOS COLECTIVOS en diversos sectores públicos a lo largo de este mes de enero, para paulatinamente ir ampliando las demandas garantizando la defensa jurídica al conjunto de los empleados públicos.
Los primeros serán la A.G.E., Correos, Sanidad y Educación a nivel estatal. Y les seguiremos las CC.AA. y los ayuntamientos. La plataforma de Sindicatos de Madrid nos ha seleccionado al Ayuntamiento de Madrid para ser los primeros en interponer esta demanda colectiva. Por lo que en breve volveremos a ofreceros otra hoja informativa con información más concreta.
¿Debemos recurrir todos y todas ya?
NO. Consideramos oportuno que esperéis al resultado de los recursos que interpongan las organizaciones sindicales y que englobarán a todos las personas afectadas.
El plazo para recurrir es enero 2014 para el personal laboral y enero 2017 para el funcionario. Por lo que no es necesario que todo el mundo lo presente ya o a la vez.
¿Qué vamos a pedir en las demandas Colectivas?
Por un lado, el pago íntegro de la paga extra de Navidad de 2012, pensando que hay motivos para defenderlo, como la inadecuada utilización del Decreto-Ley.
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ssiccooaytomadrid ccooaytomadrid Subsidiariamente se pedirá el pago de los días devengados de la paga extra, puesto que el Decreto-Ley que la anula entró en vigor el 15 de julio.
¿Entonces, yo no puedo recurrir en nombre propio?
Cada persona puede recurrir por su cuenta. Pero no lo recomendamos.
Se debe tener en cuenta que con la nueva ley de tasas judiciales, los funcionarios están obligados a apoderar a abogado y procurador, lo cual multiplica los costes de los recursos (hasta el momento no era obligatorio).
Además, las costas se han generalizado y, en el caso de perder, las tasas del recurso también han aumentado. Dicho esto, y dado que la Plataforma ha decidido actuar de manera conjunta, creemos que está garantizada la defensa de todos los empleados públicos.
Yo ya he recurrido ¿ahora qué hago?
Mantener tu demanda. Se debe de ir hasta al final presentando recurso judicial hasta conseguir sentencia firme. A pesar de los inconvenientes y riesgos que ya os hemos expuesto.
Si hago caso de los Sindicatos ¿No se me pasará el plazo para recurrir?
No. Como ya hemos dicho, esta cuestión hay que enfocarla como una reclamación de cantidad de forma que hay 4 años (enero 2017) para funcionarios y 1 año (enero 2014) para laborales. Con el ritmo de la Administración de Justicia, deberíamos tener sentencias firmes bastante antes de esa fecha.