El Tribunal Superior de justicia reconoce el derecho a percibir la parte devengada de la paga extraordinaria de diciembre 2012

En sentencia dictada el 14 de diciembre de 2012, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid reconoce el derecho de las empleadas y los empleados públicos a percibir la parte proporcional de la paga extraordinaria correspondiente a los días devengados hasta la entrada en vigor del RD Ley 20/2012.
Es una sentencia que se dicta ante un conflicto colectivo presentado por las compañeras y los compañeros de ICM, y explicita en su fallo que “las pagas extraordinarias constituyen una manifestación del salario diferido, se devengan día a día, aunque su vencimiento tiene lugar en determinados meses del año, y su importe debe equipararse al salario regularmente percibido por el trabajador, no constituyendo meras expectativas, por lo que los trabajadores, demandantes, tiene derecho a su percepción, no pudiendo tener al norma efecto retroactivo lo que nos lleva (…) al abono a los mismos de la suma correspondiente a esos 14 días del mes de julio ya devengados”.
Es este un primer triunfo de lo que CCOO ha defendido en todo momento, el derecho de las empleadas y los empleados públicos a percibir la paga extraordinaria de diciembre, y será utilizado por nuestro gabinete jurídico en las demandas que tiene que ser
interpuestas en los próximos días.

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