Limitaciones al uso del teléfono como vía de comunicación con los usuarios de MutuasDentro de las competencias de las Mutuas está la gestión de la prestación económica por contingencia común durante la incapacidad temporal, que incluye la facultad de la Mutua de citar a la persona en baja por contingencia común, con el fin de realizar un reconocimiento médico por ver si su estado de salud justifica la suspensión del contrato, la asistencia médica y la percepción de la prestación económica por incapacidad temporal.
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Gestión de los Procesos por ITE (Incapacidad Temporal)RECORDATORIO El sábado 20 de junio de 2015 se ha publicado en el BOE la orden ESS/1187/2015, de 15 de junio, por la que se desarrolla el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio. Ver BOE núm. 147, de 20 de junio de 2015 Las modificaciones introducidas han afectado, principalmente, a la expedición de los partes médicos de baja, confirmación y de alta, de manera que se ahorran trámites burocráticos, pues se han establecido 3 tramos para la emisión de los partes médicos, dependiendo de la duración estimada en cada proceso (corta, media o larga duración de la baja).
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