![dgemergenciastraslado](/images/thumbnails/images-stories-dgemergenciastraslado-400x203.png)
Ayer, 4 de marzo de 2015, tras remitir con urgencia a los máximos responsables municipales las pruebas gráficas de la inseguridad y situaciones de riesgo que sufren nuestras compañeras y compañeros trasladados con precipitación a esta nueva sede, hemos recibido con agrado la noticia de que el 11 de marzo, el Servicio de Prevención visitará este centro para realizar la evaluación de riesgos y comprobar si se mantienen situaciones como el martilleo continuo para hacer una zanja interior que provoca con vibraciones en las ventanas y un ruido insoportable en horas de trabajo -más de 95 decibelios-, afectando además a vías de evacuación, ausencia del plan de autoprotección, mangueras sin control de revisión ni presión de agua, puestos de trabajo sin espacio para pasar, techos a 2,20m, sábanas y papel en vez de persianas, malos olores….: Hay que cambiar estas políticas, porque No es admisible que sigan ignorando nuestras peticiones de consulta y participación previa, permitiéndose decidir a su antojo y conveniencia cuestiones que nos afectan en materia de seguridad, salud y medio ambiente laboral.
Mientras tanto, seguimos trabajando por tus derechos.
Decir Salud Laboral, es hablar de CCOO
>
Cualquier trabajador o trabajadora que esté percibiendo una ayuda (abono de transporte, ayuda de transporte en metálico, ayudas asistencialess…), la Corporación, en cualquier momento, puede solicitar justificación de los cumplimientos de los requisitos para los que se percibe la ayuda.
Queremos recordar que para evitar problemas se deben actualizar los datos personales cuando se cambie de dirección, teléfono, e-mail, etc. En Ayre se encuentra la información de cómo se debe hacer (mediante instancia normalizada, a quién debemos dirigirla y el lugar de presentación (a mi ayre/Mis datos económicos y profesionales/Datos personales/Actualización de datos personales y beneficiarios.
Recordad que si el domicilio que figura en el DNI no está actualizado, se deberá justificar mediante volante de empadronamiento, salvo que se resida en la ciudad de Madrid, en cuyo caso se comprobará de oficio.
>
|
Lo primero, informaros que en esta Comisión solo se pudieron tratar los 4 primeros puntos del Orden del Día y os comunicamos que la principal razón es la cantidad de comunicaciones y cuestiones previas que planteamos para recibir respuesta. Para entendernos, previamente (quince días antes de las Comisiones) enviamos cuestiones (problemas, denuncias, propuestas) para que se preparen las respuestas con tiempo suficiente y aún así, no se responden y/o se van acumulando mes a mes las comunicaciones de riesgo y los incumplimientos sin resolver. Esto viene siendo la inoperancia más absoluta del Órgano de consulta y participación para tratar los asuntos de salud laboral del Ayuntamiento, OO.AA. y EE.MM. La parálisis de los responsables municipales y su falta de cultura preventiva provoca que el esfuerzo de denuncia de las y los delegados de prevención y el esfuerzo de asesoramiento de los técnicos de prevención, no se vea compensado con resultados reales.
Los asuntos presentados por esta Secretaría en la Comisión Permanente de febrero fueron: - Agentes de Movilidad: Solicitamos se nos garantice que en el traslado a la nueva sede de la Sección Sur se van a respetar las disposiciones mínimas de seguridad y salud desde el 1er día, incluyendo los medios y espacio suficientes, y especialmente la necesidad de dotar de doble taquilla, como señaló la Inspección de Trabajo hace ya tiempo en requerimiento consecuencia de denuncia de CCOO. - Bomberos: Solicitamos la previsión cronológica de la actividad preventiva en los parques, el procedimiento de coordinación empresarial, y listado de vehículos pendientes de evaluar. Asimismo, recordamos que no es posible realizar modificaciones no homologadas en vehículos, como ya ha sucedido y hemos comunicado.
Leer más
El Comité de Seguridad y Salud es un órgano cuya existencia es obligatoria, artículo 38 de la Ley 31/1995, un órgano de consulta y participación de la representación de la plantilla, pero esta Corporación lo ha convertido en un instrumento inútil donde mes a mes se acumulan problemas y denuncias sin resolver, que se juntan con otras nuevas por el mal clima laboral existente en los centros de trabajo.
Leer más
|
El 1 de enero de 2015 ha entrado en vigor la Ley de Mutuas, que modifica el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social en relación con el régimen jurídico de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social. No podemos permitir que con la excusa y el objetivo de reforzar la lucha contra el absentismo laboral injustificado, el trabajador se convierta en motivo de sospecha, no podemos confundir absentismo, con incapacidad temporal.
Desde luego que con las nuevas competencias, las mutuas reducirán el absentismo, con presión y maltrato a los enfermos.
No cabe duda que es más barato y más rentable socialmente investigar las causas de las enfermedades y promover medidas preventivas para ello.
La prevención laboral es posible, rentable y necesaria, no es un gasto, es una inversión de futuro.
La salud es un derecho, no un privilegio.
Estos son los aspectos más destacados: 1. Cambio en la denominación: Las Mutuas pasan a denominarse Mutuas Colaboradoras de la Seguridad Social.
Leer más
DENUNCIA, DENUNCIA, DENUNCIA. Como venimos observando, la Corporación no cumple con sus obligaciones, en este caso con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, si no es a golpe de denuncia. En este Comité se han presentado nada más y nada menos que 8 requerimientos de la Inspección de Trabajo en los que nos dan la razón y obligan al Ayuntamiento a cumplir con la normativa para evitar los riesgos que ponen en peligro nuestra salud y seguridad. En uno de éstos, tras denuncia de CCOO, se obliga al Ayuntamiento a cursar instrucciones a los responsables de los centros de trabajo a fin de que no vuelvan a impedir la entrada a los delegados de prevención en el ejercicio de sus labores de vigilancia y control de las condiciones laborales, y establece que “en ningún caso será necesario la autorización o comunicación previa”. Esperamos que de una vez por todas dejen de actuar al dictado de la Inspección de Trabajo.
Leer más
|
|