Resolución de Acción Social: Ayuda Comedor escolar

Con fecha 10 de noviembre se ha publicado en el BOAM la resolución del Director de Recursos Humanos y Relaciones Laborales por la que se hace pública la relación de solicitantes de ayudas de comedor escolar para hijos de 3 a 16 años de la convocatoria de 2015 que deben subsanar o aportar documentación.

 Adjuntamos la resolución

La relación de personas se puede consultar en: Ayre/general/personas/Acción Social

Actualizado (Jueves, 12 de Noviembre de 2015 14:49)

 

CCOO del Ayto solicita urgentemente a la Corporación medidas de protección para AAMM ante el aumento de NOx

La Corporación, ante la alta contaminación, ha aplicado una serie de medidas restrictivas en relación al transporte privado, a la par que aconseja el uso del transporte público y limitar la realización de actividad al aire libre, a fin de proteger a los ciudadanos a una exposición elevada de dióxido de nitrógeno. Por ello, desde CCOO solicitamos que se apliquen medidas de protección a los Agentes de Movilidad, que por su trabajo están expuestos y sin protección:

Resulta que en los pases de lista del colectivo de Agentes de Movilidad, les están informando sobre los índices de contaminación por NOx (óxidos de nitrógeno) en la ciudad de Madrid y las medidas que se van a implementar para reducir los parámetros de contaminación. De lo que no les han informado es de las medidas que se van a establecer para controlar o minimizar los riesgos de este colectivo por tal exposición. De la misma manera que este verano solicitamos un protocolo cuando los límites superados eran los del ozono para la plantilla con trabajos a la intemperie, también ahora solicitamos la necesidad de que se elabore un protocolo de actuación urgente sobre todo para este colectivo tan expuesto por prestar servicio en lugares de máxima concentración como es la regulación del tráfico en el centro de la ciudad. Desde esta Secretaría de Salud Laboral de CCOO del Ayuntamiento de Madrid esperamos que tomen estas medidas urgentes de prevención y protección de la salud de los trabajadores expuestos a estos riesgos.

Actualizado (Viernes, 13 de Noviembre de 2015 11:09)

 

La contaminación por NOx, otra consecuencia de la mano del hombre

La contaminación por NOx no es un hecho fortuito, es otra consecuencia de los cambios que el ser humano ha ido introduciendo enla atmósfera por usar unos modelos de actividad frenética e insostenible.

¿QUÉ EFECTOS TIENE SOBRE LA SALUD?

Desde el punto de vista de protección de la salud, el dióxido de nitrógeno (NO2) es el único que tiene fijados valores límite para exposiciones de larga y corta duración. Sin embargo, la estrecha relación del monóxido de nitrógeno (NO) con el proceso de formación de NO2 hace que también tenga su importancia en la evaluación y gestión de la calidad del aire.

Una exposición breve al NO2 puede provocar irritación del sistema respiratorio y ocular. A largo plazo, los principales efectos pueden ser un desarrollo pulmonar más lento en los niños y la aparición de enfermedades respiratorias crónicas y cerebrovasculares.

Aunque toda la población esté expuesta a los contaminantes atmosféricos, no afectan igual a todo el mundo. Los niños, los ancianos y las personas con problemas de salud (como asma, enfermedades del corazón y pulmonares) pueden sufrir más efectos.

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Actualizado (Jueves, 12 de Noviembre de 2015 12:50)

 

Un abogado de los lobbys privados para modificar derechos de las trabajadoras y trabajadores

El ministro de Justicia designa a Juan Antonio Sagardoy para presidir la Comisión que modificará la norma que regula los despidos individuales y colectivos de la reforma laboral en el marco del cambio de la Ley reguladora de la Jurisdicción Social

Según ha podido saber CCOO, el ministro de Justicia, Rafael Catalá, ha puesto en marcha una comisión que presidirá el abogado de la iniciativa privada, Juan Antonio Sagardoy, para reformar la regulación de los despidos individuales y colectivos recogida en la reforma laboral, lo que exigirá la modificar la Ley reguladora de la Jurisdicción Social. En opinión del secretario de Acción Sindical de CCOO, Ramón Górriz, “estamos ante un golpe de mano institucional para reformar la reforma y someter el derecho laboral y la jurisdicción social a los intereses de lobbys y despachos privados, no ya ajenos sino hostiles a los derechos de las trabajadoras y trabajadores”.

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Actualizado (Jueves, 12 de Noviembre de 2015 12:04)

 

Nueva gestión y tramitación de partes de baja por incapacidad temporal

El próximo 1 de diciembre entra en vigor la Orden ESS/1187/2015, de 15 de junio, por la que se desarrolla el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración.
Hasta la fecha lo habitual era que los trabajadores de baja debían acudir a visita médica cada semana emitiéndose partes semanales de confirmación de baja. Este sistema cambia con la nueva norma.
¿Me afectan los cambios de la nueva regulación del R.D. 625/2014?
Sí. Se aplicará al personal incluido en el Régimen de la Seguridad Social, durante los procesos de Incapacidad Temporal (IT) en los primeros 365 días, cualquiera que sea la contingencia o causa determinante (laboral o no).
¿Cómo se tramita el parte de baja, el de confirmación y el de alta?
La emisión del parte de baja/alta la realizará el médico del Servicio Público de Salud (SPS) o el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) en caso de contingencias comunes o por ASEPEYO y/o INSS, en caso de contingencias profesionales.
Plazos de entrega de los partes de baja, de confirmación y de alta.
El facultativo entrega 2 copias de cada parte de baja y confirmación al trabajador / trabajadora y éste tiene 3 días de plazo para hacer llegar a su servicio las copias de dichos partes. El parte de alta lo entregará a la empresa en un plazo máximo de 24 horas desde su expedición, incorporándose al puesto el primer día laborable.
El R.D. establece que se elaborarán tablas orientativas con la duración óptima tipificada de cada proceso, teniendo en cuenta la edad y la ocupación laboral.
En la emisión de los partes de confirmación, hay cuatro grupos de procesos:
Proceso estimado inferior a 5 días naturales: expiden la baja y el alta en el mismo acto médico. Proceso estimado entre 5-30 días naturales: revisan el estado del trabajador / trabajadora como máximo en 7 días; renuevan los partes cada 14 días. Proceso estimado entre 31-60 días naturales: primera revisión como máximo a los 7 días; renuevan los partes cada 28 días. Proceso estimado de 61 días naturales o más: primera revisión como máximo a los 14 días; renuevan los partes cada 35 días.

Actualizado (Jueves, 12 de Noviembre de 2015 09:42)

 

ELECCIONES SINDICALES 2023

Cartel A3 Poder Cosas CCOO

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