Listados de Acción SocialDesde CCOO somos conscientes de que no toda la plantilla dispone de ordenador en su puesto de trabajo y por ello os rogamos que deis la máxima difusión al presente INFORMA: Ya se ha hecho público el listado de solicitantes de ayudas asistenciales que deben subsanar o aportar documentación si quieren obtener la prestación solicitada. Quienes no tengan acceso a Internet pueden obtener esta información llamando al local de CCOO en c/ Acanto: 5 41 79, 5 70 26 y 4 56 48 (todos ellos accesibles desde la red telefónica interna) Por favor, tened en cuenta que el plazo de subsanación acaba el 22 de junio. Muy importante: En cumplimiento de lo establecido en las Bases de Acción Social (ANEXO II, punto 11) este listado sólo abarca las solicitudes efectuadas entre enero y marzo de 2010, lo que implica que no recoge solicitudes posteriores al 31 de marzo. Por tanto, quienes hayan presentado su solicitud a partir del día 1 de abril deben estar pendientes de la publicación de sucesivos listados: a finales de junio (recoge las solicitudes presentadas desde el 1 de abril al 15 de junio y cuyas facturas no sean posteriores al 31 de mayo), de septiembre (solicitudes presentadas desde el 1 de junio a agosto), etc. También se ha publicado el listado de quienes pueden percibir la ayuda de transportes en metálico y que, por tanto, deben devolver el abono si quieren que el pago se haga efectivo. Escribir un comentario
¿Que pasa ahora con las facturas?A LOS TRABAJADORES DE MADRID SALUD LES IMPONEN SUS PROPIAS REGLAS. En el último listado de subsanación de este Organismo Autónomo relativa a las Ayudas Asistenciales constan 550 solicitudes con necesidad de rectificación. Prácticamente la mitad de la plantilla (tienen alrededor de 1200 puestos). La Dirección General de Servicios Administrativos de dicho organismo entiende que las facturas resultan incompletas pues faltan datos como el domicilio de la persona beneficiaria de la ayuda, o la mención explícita de la exención o inclusión de IVA. Todos ellos datos no recogidos en las Bases. El personal adscrito a este Organismo está sujeto a las mismas Bases de Acción Social que el resto del Ayuntamiento, y ni Madrid Salud ni nadie puede pedir requisitos no recogidos en las mismas. Bases, recordemos, negociadas y acordadas con la Corporación y las Centrales Sindicales. Creemos que es posible que tanto requisito se deba más a motivos de ahorro que al cumplimiento de “una estricta legalidad”. Esperamos que esta situación se corrija de oficio por el O.A. Madrid Salud. Y que el Ayuntamiento de Madrid, responsable máximo de la Acción Social, garantice la igualdad de trato en este aspecto a la totalidad de la plantilla municipal. |
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