Subsanación de ayudas de comedor y para la formación de hijos/-as del personal del Ayuntamiento de Madrid

.-Subsanación ayudas comedor

.-Subsanación ayudas formación hijos/as

El BOAM número 8.171, de fecha 11 de junio, recoge dos resoluciones de la Directora General de Relaciones Laborales y Retribuciones por las que se hacen públicas las relaciones del personal del Ayuntamiento de Madrid que tiene que subsanar o aportar información en las ayudas solicitadas de comedor o para estudios de hijos/as, del curso 2017-2018.

La relación de ambas ayudas se puede consultar en el tablón de anuncios de la oficina de registro de la calle Bustamante, 16 y en la Intranet municipal Ayre.

El plazo par subsanar es de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de las resoluciones en el BOAM.

La documentación se presentará exclusivamente de forma telemática.

Ver resoluciones

Subsanacion Ayudas Comedor

Subsanación Ayudas Formación Hijos/as

 

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