Subsanación de ayudas de comedor y para la formación de hijos/-as del personal del Ayuntamiento de Madrid
.-Subsanación ayudas comedor
.-Subsanación ayudas formación hijos/as
El BOAM número 8.171, de fecha 11 de junio, recoge dos resoluciones de la Directora General de Relaciones Laborales y Retribuciones por las que se hacen públicas las relaciones del personal del Ayuntamiento de Madrid que tiene que subsanar o aportar información en las ayudas solicitadas de comedor o para estudios de hijos/as, del curso 2017-2018.
La relación de ambas ayudas se puede consultar en el tablón de anuncios de la oficina de registro de la calle Bustamante, 16 y en la Intranet municipal Ayre.
El plazo par subsanar es de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de las resoluciones en el BOAM.
La documentación se presentará exclusivamente de forma telemática.
Ver resoluciones