Subsanación Ayuda Transporte

El Director General de Relaciones Laborales ha dictado resolución, de fecha 15 de junio de 2016, por la que se hace pública la relacion de personal que ha solicitado la ayuda de transporte para el año 2016 y debe subsanar o aportar documentación.
El listado con la relación de plantilla, tanto jubilada como activa, que debe subsanar está publicada en Ayre y en el tablón de anuncios de la calle Bustamante, 16. Los empleados deberán aportar la documentación complementaria en un plazo máximo de 10 días hábiles, contados al siguiente al de la publicación de dicha resolución en el BOAM.
Adjuntamos resolución

 

Ayudas de Acción Social

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1.- Ayuda de Educación Infantil:
Se ha iniciado el plazo de presentación de solicitudes para la ayuda de educación infantil, desde el 15 de junio hasta el 15 de septiembre de 2016 ambos inclusive.
Este año se introducen las siguientes novedades:
Se elimina el requisito del texto manuscrito en los certificados originales de los centros escolares.
Se elimina la obligatoriedad de que figure el NIF del centro escolar, que se podrá sustituir por el Código del Centro.

Adjuntamos Bases Específicas Ayuda de Educación Infantil

2.-Ayudas Asistenciales:

Con fecha 8 de junio del 2016 el Director General Relaciones Laborales ha firmado una Resolución por la que se hace pública la relación de solicitantes de ayudas asistenciales del 1 de octubre de 2015 a 15 de enero de 2016, que deben subsanar o aportar documentación.
El plazo de subsanación será de 10 días hábiles, contados a partir dela publicación de la resolución en el BOAM .
La realción de personas que deben subsanar estará expuesta en la oficina de Registro de la calle Bustamante, 16 y en la intranet municipal.

Ver Resolución

 

Aún estás a tiempo de opinar sobre la igualdad en el Ayuntamiento de Madrid

Participa

El Ayuntamiento de Madrid y las organizaciones sindicales se comprometieron en el Acuerdo de 23 de diciembre de 2015 de la Mesa General de Negociación a elaborar un Plan de Igualdad que mejore las condiciones de igualdad entre trabajadoras y trabajadores municipales e introduzca la perspectiva de género en todas las actuaciones del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos. Tu opinión es importante.

Es una encuesta anónima y la fecha prevista de finalización será el 30 de junio
Puedes acceder a ella a través de Ayre, en la página de Inicio, en el apartado PARTICIPA

 

Subsanación de ayuda de estudios para la formación del personal

El pasado 19 de mayo se ha emitido Resolución por la que se hace pública la relación de trabajadores municipales que han solicitado la ayuda para la formación del personal del curso 2015/2016 y deben subsanar o aportar documentación.

El personal municipal que deba aportar la documentación requerida deberá hacerlo a través exclusivamente de la intranet o extranet municipales en el canal: Ayre>A mi Ayre> Mis Ayudas> Ayudas tramitadas.
El plazo de subsanación será de 10 días hábiles a contar del siguiente a la publicación de la relación en el BOAM.
Adjuntamos resolución

Asimismo, se ha hecho pública la relación de trabajadores municipales que cumplen los requisitos para percibir la ayuda de transporte en metálico y deben devolver la tarjeta de transporte para hacer efectivo el pago. La devolución se hará en la calle Bustamante, 16, 2º planta, en le Servicio de Acción Social, de 9,00 a 14,oo horas.

 

Requerimiento ayuda de transporte en metálico

El Director General de Relaciones Laborales ha dictado resolución, con fecha 12 de mayo de 2016, por la que se requiere, a los trabajadores beneficiarios de la ayuda detransporte en metálico de las zonas E1y E2, documentación que acredite que el domicilio declarado es el real y efectivo.
Las ayudas de transporte en metálico se conceden en tanto se mantenga en vigor el cumplimiento de los requisitos que han determinado la concesión. Por tanto, dentro de las funciones de seguimiento de las ayudas concedidas, y con el fin de actualizar los datos
referidos al cumplimiento de los requisitos para tener derecho a esta ayuda, se procede a requerir a los trabajadores que tienen concedidas ayudas de transporte por importe correspondiente a las zonas E1 y E2 con anterioridad al año 2015.
La documentación acreditativa será:
1.- La tarjeta sanitaria en la que figure el domicilio
2.- En caso de que la tarjeta no sea acreditativa del domicilio, las facturas de agua o luz a nombre del beneficiario o justificante de los medios de transporte utilizados para el traslado a su puesto de trabajo.
El plazo para presentar la documentación será hasta el 3 de junio.

Adjuntamos resolución

 

Incremento del 1% en la cuantía de las ayudas de Acción Social

En el BOAM número 7.660, de fecha 17 de mayo de 2016, se publica el acuerdo de 12 de mayo de la Junta de Gobierno, por el que se modifica parcialmente el Acuerdo de 17 de diciembre de 2015, por el que, según se recoge en la Comisión Técnica de Acción Social del 11 de abril de 2016, se incrementa la cuantía máxima de las ayudas asistenciales en un 1%, pasando la cantidad que puede percibir cada trabajador a 599,3 euros.
El BOAM núm.. 7.563 de 21 de diciembre de 2015, recoge literalmente:

Artículo 2.- Cuantía.
Las ayudas se concederán por el importe de los gastos realizados, hasta un importe máximo anual de ayudas asistenciales para el año 2016 de 593,37 € anuales para el conjunto de la unidad familiar, con independencia del concepto o beneficiario por los que se perciba la ayuda.

En el caso de que ambos cónyuges sean personal municipal, en activo o jubilado, esta cuantía máxima se aplicará a cada uno de ellos.

En la redacción del texto que se recoge en el Boletín 7.660 falta el segundo párrafo del Artículo2.
Queremos aclarar que no se trata de una modificación de Convenio, sino de un error en la redacción, que esperamos se corrija en breve.

 
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