Modificaciones en las solicitudes de Préstamos Reintegrables

images

La Comisión Técnica de Acción Social, reunida el pasado día, 2 de febrero, ha acordado la modificación de los requisitos para la solicitud de préstamos reintegrables.Las novedades más importantes se refieren a la posibilidad de solicitud individualizada en caso de que ambos miembros -matrimonio o pareja de hecho- sean personal municipal.
Por otra parte,  no es necesario presentar la factura justificativa del hecho causante, es suficiente con que se aporte la documentación acreditativa de que se va a efectuar dicho gasto en los supuestos marcados.
Para más información

 

Ayudas de Acción Social

Ayudas de transporte denegadas y desistidas
En el BOAM número 7.840, de fecha 6 de febrero de 2017, se han publicado dos resoluciones firmadas por el Director General de Relaciones Laborales por las que se deniegan y se declaran desisitidas las ayudas de transporte en metálico al personal municipal del Ayuntamiento de Madrid, solicitadas para el periodo comprendido entre el 1 de junio y el 30 de septiembre de 2016.
Adjuntamos resoluciones

Resolución denegación

Resolución desistimiento

 

Celebrada COMISE de Acción Social

Aprobada la nueva regulación de préstamos reintegrables

El 2 de febrero se ha celebrado una Comisión Técnica de Acción Social. En la misma se ha informado y debatido sobre los siguientes temas:

1. Nos entregan dos cuadros, uno sobre el total de las ayudas tramitadas de enero de 2016 a enero de 2017, concedidas y denegadas en todas las líneas de ayuda de acción social para el Ayuntamiento y para los Organismos Autónomos; y otro, desde noviembre de 2016 a enero 2017 ( consultar cuadros ) (se acuerda presentar los próximos datos por año completo, de enero a diciembre).
2. Se aprueba y se firma la modificación de las bases específicas reguladoras de ayudas asistenciales de la convocatoria de acción social para el año 2017, aplicando el punto 8 del acuerdo de COMISE de 19 de diciembre de 2016. Por tanto, se incluyen en las bases de 2017 con efecto retroactivo desde el 1 de enero. Os recordamos que se trata de operaciones oftalmológicas, tratamientos de fertilidad y vacunas para hijos menores de edad, no cubiertos por el Sistema Público de Salud.
3. Aprobamos la nueva regulación de los préstamos reintegrables (máximo 2.500 euros). Este punto al venir recogido en el artículo 37 del Acuerdo-Convenio, no permite muchas modificaciones (motivos) hasta que no se negocie el nuevo convenio, pero consideramos que ha habido cambios sustanciales interesantes en cuanto a que no es necesario justificar el gasto con facturas, sino solo motivando la necesidad justificada.

Estos préstamos son compatibles con otras ayudas de la misma naturaleza, por ejemplo, en caso de adopción, se puede solicitar la ayuda por gastos de adopción y también un préstamo por este motivo. Una novedad en este sentido es que si los cónyuges o parejas de hecho son trabajadores del Ayuntamiento de Madrid y OO.AA., cada uno de ellos podrá presentar una solicitud individualizada.

Leer más

 

Recordatorio renovación de la unidad familiar

En Ayre se ha publicado el recordatorio de renovar el alta de las hijas e hijos entre 18 y 27 años en la unidad familiar a efectos de poder seguir cobrando las ayudas asistenciales y las ayudas de estudios. Para acceder pulsa en el siguiente enlace: Ayre>Ayre General>Acción Social>Renovación de la unidad familiar

 

ATENCIÓN: Revisar las facturas que se presentan en Acción Social

El día 18 de este mes se ha publicado el listado de ayudas asistenciales para subsanar, presentadas entre el 1 de julio y 30 de septiembre de 2016.

En el listado, figura la relación de motivos por los que se debe realizar la subsanación en las facturas, siendo éstos en gran medida por:

 Falta de anotación manuscrita o es incorrecta
 Falta la graduación ocular
 No se aclaran los conceptos por los que se solicita
 No se expresan solo los productos alimenticios específicos
 Concepto de IVA incorrecto
 Falta datos del beneficiario
 No marcar casilla de “Declaración Responsable” en la solicitud

 

Sigue siendo muy elevado el número de solicitudes para subsanar por estos motivos, más de 1.000 en estos tres meses (julio, agosto y septiembre).

Desde CCOO, recomendamos consultar y revisar bien las facturas, consultando las Bases generales y especificas correspondientes a 2017 para comprobar y repasar los datos que se deben incluir en cada apartado de ayuda, y así garantizar la admisión de la solicitud evitando tener que corregir datos o que se pasen los plazos,
lo que llevaría a la pérdida de los abonos.


Para cualquier aclaración o ayuda, no dudéis en contactar con nosotros en el número: 914677527

 

Ayudas Asistenciales: Subsanación de solicitudes

Logo Atencion

En el BOAM número 7.827, de fecha 18 de enero de 2017, se ha publicado una resolución firmada, el 13 de enero, por el Director General de Relaciones Laborales, por la que se hace pública la relación de solicitantes de ayudas asistenciales convocatoria 2016, solicitudes presentadas del 1 de julio al 30 de septiembre de 2016, que deben subsanar o presentar documentación.
El plazo para subsanar será de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el BOAM.
La relación de las personas que tinen que subsanar estará expuesta en el tablón de anuncios ubicado en la Oficina de Registro de la calle Bustamante, 16 y en la intranet de Ayre.
Adjuntamos resolución

 
Más artículos...

ELECCIONES SINDICALES 2023

Cartel A3 Poder Cosas CCOO

Pincha aquí para acceder a todo el material de CCOO

 www.elecciones.ccooaytomadrid.es

Siguenos

No visible desde la Red Municipal