Concesión de Ayudas Asistenciales

En el BOAM, número 7.893, de fecha 25 de abril de 2017, se han publicado las relaciones de ayudas asistenciales concedidas, denegadas y desistidas a trabajadores, jubilados y pensionistas del Ayuntamiento de Madrid solicitadas de 1 de octubre de 2016 a 16 de enero de 2017 (la Resolución referida a las ayudas desistidas hacía mención a fecha equivocada, corregida posteriormente con una nueva Resolución).
Las relaciones de las concesiones, denegaciones y desistimientos pueden consultarse en el Tablón de Anuncios, ubicado en la Oficina del Registro municipal de la calle Bustamante, número 16 y en la intranet municipal Ayre.


Consultar resoluciones:
Concedidas

Denegadas

Desistidas

Rectificación desistidas

 

Ayudas de estudios de hijos y comedor escolar

Plazo de solicitud hasta el 31 de mayo de 2017

AyudaEstudios

El pasado 15 de abril de 2017 comenzó el plazo para presentar las solicitudes de las ayudas de estudios de hijos y de comedor escolar del curso 2016-2017, que finalizará el 31 de mayo de 2017.

Los empleados públicos en servicio activo deben presentar las solicitudes, junto con la correspondiente documentación, exclusivamente por vía telemática y en los formularios disponibles a través de la intranet municipal Ayre.
Más info

 

Ayudas de Estudios de Hijos y Comedor Escolar

Estudios

El día 15 de abril de 2017 comienza el plazo para presentar las solicitudes de las ayudas de estudios de hijos y de comedor escolar del curso 2016-2017, que finalizará el 31 de mayo de 2017.

La documentación se presenta exclusivamente vía telemática.

Más información

 

Ayuda de transporte en metálico

Logo Atencion

Relación de trabajadores que deben subsanar
En el BOAM número 7.876, de fecha 29 de marzo de 2017, se ha publicado una Resolución firmada por el Director General de Relaciones laborales por la que se hace pública el número de personas que han solicitado la ayuda de transporte en metálico hasta el 31 de diciembre de 2016 y deben subsanar o aportar documentación.
El plazo de subsanación será de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.


Adjuntamos resolución

 

Resoluciones Acción Social BOAM 24 febrero

Han salido publicadas en el BOAM de 24 de febrero las siguientes Resoluciones de ayudas asistenciales:

 - Resolución de 20 de febrero del 2017 del Director General de Relaciones Laborales por la que se hace pública la relación de solicitantes de ayudas asistenciales convocatoria 2016, solicitudes del 1 de octubre de 2016 a 15 de enero de 2017, que deben subsanar o aportar documentación.

 - Resolución de 20 de febrero de 2017 del Director General de Relaciones Laborales por la que se publica la concesión de ayudas asistenciales convocatoria 2016 a los trabajadores municipales, jubilados y pensionistas del Ayuntamiento de Madrid, solicitudes de 1 de julio a 30 de septiembre 2016.

 - Resolución de 20 de febrero de 2017 del Director General de Relaciones Laborales por la que se deniegan ayudas asistenciales convocatoria 2016 a los trabajadores municipales, jubilados y pensionistas del Ayuntamiento de Madrid, solicitudes de 1 de julio a 30 de septiembre 2016.

 - Resolución de 20 de febrero de 2017 del Director General de Relaciones Laborales por la que se declaran desistidas las solicitudes de ayudas asistenciales convocatoria 2016 a los trabajadores municipales, jubilados y pensionistas del Ayuntamiento de Madrid, solicitudes de 1 de julio a 30 de septiembre 2016.

 

Las relación de las personas se pueden consultar en el tablón de anuncios, ubicado en la Oficina de Registro municipal de la calle Bustamante, 16, planta baja, y en la intranet municipal Ayre.

 

Presentación solicitudes ayudas estudios para personal municipal

Logo Atencion

Desde el 16 de febrero y hasta el 31 de marzo de 2017, ambos inclusive, se pueden presentar las ayudas de estudios para formación de personal municipal.


Las solicitudes se deben presentar exclusivamente de forma digital a través de Ayre.Para evitar posteriores requerimientos es fundamental prestar atención tanto a las Bases Generales como a las Específicas.


Dos son las novedades de la presente convocatoria:
1.-En cuanto a la documentación acreditativa de la matriculación se ha suprimido la necesidad de incluir en el certificado el código del centro si bien se recuerda que para la validez de aquel es necesario que venga debidamente firmado y sellado.
2.-En cuanto al justificante de los gastos abonados, se deberá acreditar este extremo en las tres modalidades de estudios, y no solo en la modalidad A, como el pasado curso. Se entenderán como gastos abonados los de matrículas, tasas, libros de texto y/o material declarado necesario por el centro escolar en el que el alumno curse los estudios, debiéndose acreditar en todos los casos el abono de dichos gastos.

 
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