Ya puede acceder gratuitamente a las instalaciones deportivas municipales el personal municipalEl artículo 45.6 del Acuerdo Convenio contempla: “Si en los informes médicos emitidos por el Departamento de Salud Laboral como consecuencia del cumplimiento de lo previsto en el artículo 22 de la Ley/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, se recomienda al/la empleado/a la realización de ejercicio físico, se facilitará desde la Corporación la entrada gratuita a las instalaciones deportivas municipales”.
Por fin, tras 3 años esperando que se cumpliera el Acuerdo Convenio, ya es una realidad. Escribir un comentario
Actualizado (Miércoles, 03 de Noviembre de 2021 11:35) Información sobre COMISE del Acuerdo Convenio celebrada el 13 octubre
Dado que el día 1 de enero, 24 y 31 de diciembre, coinciden en sábado, se compensará al personal municipal que no lo tenga ya compensado en el cómputo anual de su jornada, con 1 día por cada uno de ellos, por tanto, sumaremos a los 6 días por asuntos particulares estos 3 más, disfrutando de un total de 9 días por asuntos particulares a lo largo de 2022. A estos días, hay que aumentar los días regulados en los artículos 11 y 15 y los días generados por antigüedad en la Administración al cumplir de trienios. - Propuesta de Acuerdo sobre cambios temporales de turno de trabajo por motivos de conciliación: En el artículo 12, del Acuerdo-Convenio, en el último párrafo de su número 7- contempla la posibilidad de una regulación adicional del cambio temporal de turno, como medida de conciliación de la vida familiar y laboral. Dice así: “Se valorará y estudiará en el seno de la Comisión de Seguimiento del presente Acuerdo-Convenio la posibilidad de incorporar como medida de conciliación de la vida familiar y laboral y con carácter temporal el cambio de turno de trabajo en atención a circunstancias especiales del/la empleado/a”. Este Acuerdo se retiró del orden del día para valorar la Corporación las alegaciones de la parte sindical, se volverá a traer a COMISE con las propuestas que sean aceptadas. .- A instancias de CCOO se solicita la Interpretación y aplicación del artículo 14 punto 2 del Acuerdo-Convenio sobre el Periodo de disfrute de las vacaciones anuales fuera del periodo estival. Queda claro que se podrá disfrutar de este derecho a lo largo de todo el año y hasta el 31 de enero del año siguiente. Actualizado (Viernes, 15 de Octubre de 2021 08:09) |
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