El Gobierno se compromete con CCOO y UGT a recoger en un próximo RDL el 2% pactado para más de cinco millones de empleadas y empleados públicosEl Acuerdo Marco para una Administración del siglo XXI recoge los incrementos retributivos y mejora de las condiciones de trabajo del personal funcionario y laboral de las administraciones públicas. En el 2022 y 2023 se cumplieron los objetivos máximos recogidos en el Acuerdo Marco, lo que supone más del 7% de incrementos, a lo que habrá que sumar el 2% previsto para este año 2024, quedando pendiente posteriormente un 0,5% más si se cumplen los objetivos del IPCA. Ambos sindicatos han insistido también en que debe recogerse la derogación completa del Decretazo de 2012, comprometido en el Acuerdo Marco, y volver al EBEP la jubilación parcial para el personal funcionario, así como el carácter de mínimos de permisos, licencias y vacaciones. En este sentido, CCOO y UGT instan al Gobierno a iniciar inmediatamente la negociación de la jubilación parcial, la clasificación profesional y adaptación al Marco Europeo de Cualificaciones (MEC) profesionales. Escribir un comentario
Actualizado (Jueves, 14 de Marzo de 2024 09:03) Propuesta de CCOO para la COMISE de marzo de 2024Propuesta de CCOO de puntos del orden del día para su inclusión en la convocatoria correspondiente al mes de marzo de 2024 de la Comisión de Seguimiento del Acuerdo Convenio sobre Condiciones de Trabajo Comunes al Personal Funcionario y Laboral del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Autónomos para el período 2019-2022: 1. Interpretación y aplicación del artículo 70.3 sobre permiso para la formación externa, en relación a la aplicación de este permiso al personal que presta sus servicios en el turno de noche (Policía Municipal). 2. Interpretación y aplicación del artículo 70 (interpretación del citado artículo en Comise del Acuerdo Convenio de 30 de julio de 2020) en el que se restringía la formación únicamente de manera presencial, coincidiendo en un único espacio físico (aula) profesores y alumnos. Hay formación en la que se cumplen esas circunstancias, pero el “aula” es virtual. 3. Aplicación del artículo 70 y denegación de la petición de formación externa a un trabajador del ámbito de instalaciones deportivas en el que la Dirección de la instalación interpreta qué promoción y que formación profesional es la que tiene que realizar el trabajador y, por tanto, el curso solicitado no entra en esa interpretación, aun cuando en el artículo del Convenio no acota ni establece relación al respecto. Actualizado (Martes, 12 de Marzo de 2024 14:56) |
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