Nuevo varapalo judicial al AyuntamientoNuevo varapalo judicial al Ayuntamiento por no aplicar la Ley de Igualdad Hace aproximadamente un año, a una compañera de Medio Ambiente se la denegó el disfrute de unos días de compensación que tiene su colectivo por no disfrutar de la reducción horaria en verano porque el Ayuntamiento consideró que el tiempo en el que la compañera estuvo de licencia maternal, que la coincidió con el verano, no era de trabajo efectivo. CCOO consiguió que los Tribunales la dieran la razón y pudo disfrutar de esos días. El mismo año en el que se dictó esa Sentencia el Ayuntamiento volvió a incurrir en una gravísima falta al vulnerar los derechos de las personas con licencia de maternidad y también de paternidad. Varias personas que, teniendo dos hijos/as en edad de primer ciclo de Educación Infantil (0-3), y solicitaron la ayuda correspondiente de la Acción Social de 2011 vieron reducida la cuantía de la misma en proporción al tiempo en el que el curso escolar le coincidió con la licencia. Llegando a perder de 100 a 600 euros, o el doble en caso de hijos gemelos, por ejemplo. Esta situación se presentó inmediatamente en la Mesa de Acción Social. Nuestra representación luchó para que esta situación se rectificase de oficio pues era, y es, una clara vulneración de la LO 3/2007 de la Ley de Igualdad entre mujeres y hombres. En varios de sus artículos esa LO viene a obligar a la empresa a considerar la maternidad, paternidad y lactancia como trabajo activo, y manifiesta que permanecer en estas situaciones para personas empleadas no puede traducirse en pérdida económica. Como resultado, CCOO consiguió que en las Bases de 2012 se rectificara la redacción y no volviera a ocurrir. Pero no hubo éxito en la pelea de la rectificación de oficio. Teniendo que iniciar demandas judiciales individuales las personas afectadas. Recientemente otra compañera ha conseguido, a través de la asesoría de CCOO, ver avalado el cobro completo de su ayuda de Educación Infantil a través de los Tribunales. Desde CCOO felicitamos a ésta y otras personas que sabemos iniciaron estas demandas; pero nos preguntamos ¿HASTA CUÁNDO SERÁ NECESARIO SEGUIR JUDICIALIZANDO ASUNTOS COMO ÉSTOS? Desde CCOO exigimos un Plan de Igualdad para el Ayuntamiento de forma inmediata. Y, por encima de todas las cosas, exigimos un cambio de actitud con respecto a cuestiones tan delicadas como son la igualdad y la conciliación. Asuntos que consideramos no se deben de solucionar en los Tribunales sino en la propia empresa. Escribir un comentario
Sobre Sentencia de no aplicación jornada 37,5 horas en Administración LocalOs informamos que la Sentencia que está circulando, la nº 377/2012 de un Juzgado de Sevilla cuyo dictamen afecta al personal del Ayuntamiento de Umbrete, es relativa al RD 20/2011.
La situación que describe la Sentencia es la siguiente:
Al Ayuntamiento de referencia se les aplicó la ampliación de jornada de 37,5 horas en atención al RD 20/2011, en un momento en el cual no estaba claro si era de aplicación o no a las Administraciones Locales.
Sí que es de aplicación el RD 20/2012 y los PGE 2012 que son los que nos afectan en el Ayuntamiento directamente en cuanto a la jornada laboral.
Entonces la Sentencia viene a decir que las 2,5 horas de más que han estado trabajando se les abone como horas extraordinarias, hasta la entrada en vigor de la legislación que sí les obliga a realizar esa jornada de 37,5 horas semanales (RD 20/2012 y PGE 2012). Concentración de la plantilla del SAMURLa plantilla del SAMUR se concentra contra la pérdida de calidad asistencial por los recortes Lo han hecho durante la Jornada de Reanimación Cardiopulmonar en la Casa de Campo La inaceptable situación creada por la Junta de la Gobierno de la Ciudad y la Dirección de General de Emergencias, que coacciona a los trabajadores de este servicio, para que renuncien a conciliación de la vida laboral y familiar, forzando a una carga de trabajo que pone en riesgo la calidad del servicio y en consecuencia a los ciudadanos de Madrid. Este mismo colectivo tiene más del 50% de la plantilla en situación de precariedad laboral, con más de 10 años de interinidad, pudiendo solucionar situación ya que las plazas que ocupan son imprescindibles para el mantenimiento del servicio y además su estabilidad supondría coste cero para la corporación. Sin respetar los acuerdos de empleo desde 2001, adquiridos por la Corporación con los trabajadores. |