Exigimos Transparencia en el proceso selectivo de Auxiliares Administrativos

La publicación de la relación de Puestos de Trabajo ofertados en la oposición de Auxiliar Administrativo de 615 plazas, ha sido de 610, no nos cuadra, queremos saber, y así lo hemos pedido, el CRITERIO DELIMITADOR y la FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA de tal hazaña.

Además, no nos cuadran las OEPs que se nos entregó a las Organizaciones Sindicales con las plazas ofertadas; de esta manera, en el listado de destino existen plazas que no están vinculadas a  las OEPs afectadas (2008, 2009 y 2010) y, al contrario, se encuentran plazas dentro de estas OEPs que no están incluidas en los destinos.

La FALTA DE TRANSPARENCIA en el proceso y el no respeto a los principios de publicidad, transparencia e igualdad, es algo que en CCOO no vamos a permitir nunca, y eso denunciamos.

No queremos paralizar el proceso en marcha, pero sí queremos que quede constancia de que nuestra posición es la que hemos mantenido en la negociación del Acuerdo Común, la de facilitar la promoción profesional, la conciliación de la vida laboral y personal y propiciar la alternancia en los destinos, de una manera sencilla : CONCURSO DE TRASLADO PREVIO A LA TOMA DE POSESIÓN DE LAS NUEVAS INCORPORACIONES DERIVADAS DE LOS PROCESOS SELECTIVOS. Por que así lo establece nuestro Texto Refundido del Acuerdo sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Autónomos para el periodo 2012-2015.

Carta dirigida a Fernando Bermejo (Coordinador General de Recursos Humanos) y Francisca Segado Álvarez (Directora General de Relaciones Laborales)

 

Información de la Comisión Técnica de Acción Social de 24 de enero de 2014

APROBACIÓN DE LAS BASES REGULADORAS PARA 2014 de las Ayudas de Acción Social en vigor, se incorpora una redacción del texto más clara incluyendo como novedad:

1.   La situación asimilada, es decir, la tutela judicial y el acogimiento familiar tanto preadoptivo como permanente o simple, este último durante el periodo de acogimiento.

2.   La ayuda por discapacidad física, psíquica o sensorial será incompatible con cualquier otra ayuda que se conceda por el mismo hecho, incluidas las ayudas otorgadas en el marco de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Dependencia.

    TRANSPORTE

1.   Hasta la fecha no ha habido una sola comunicación por parte de la Corporación en relación al motivo de la demora en la entrega del abono transporte 2014; a sabiendas del perjuicio que  se ha producido en el derecho de unos 1.000 trabajadores que han tenido que pagar de su bolsillo el valor de los títulos de transporte para desplazarse a sus puestos de trabajo.

 

Cesión ilegal de Trabajadoras y Trabajadores en el Ayuntamiento de Madrid y OO.AA.

El Tribunal de Cuentas elevó a las Cortes Generales una moción sobre la necesidad de regular las condiciones en que se desarrolla la actividad contratada por terceras empresas, ya que la cesión ilegal de trabajadores/as, estaba azotando a las Administraciones contratantes vía sentencias judiciales.

Esto motivó la aprobación de la Resolución de 27 de octubre de 2010 de la Comisión Mixta de las Cortes Generales para las relaciones con el Tribunal de Cuentas. En dicha Resolución se insta a las administraciones públicas a instrumentar los mecanismos necesarios para atajar aquellas prácticas que han venido llevándose a cabo durante los últimos años en las contrataciones de servicios, por cuanto la declaración de la cesión ilegal, que ofrece al trabajador/a el derecho a adquirir la condición de fijo en la empresa cedente o cesionaria, da lugar, en caso de decantarse por la cesionaria, en este caso una Administración Pública, a adquirir la condición de personal laboral indefinido no fijo.

La disposición adicional primera del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, da un paso más al imponer a los entes, organismos y entidades que forman parte del sector público de acuerdo con el artículo 3.1 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, la obligación de dictar antes del 31 de diciembre de 2012 unas instrucciones que garanticen la correcta ejecución de los servicios externos que hubieren contratado.

 

CCOO se felicita porque el Consejo Económico y Social (CES) rechace el Anteproyecto de Ley de Mutuas del Gobierno

• Emplaza al Gobierno a que corrija sustancialmente el anteproyecto presentado y lo haga con la participación real y efectiva de los interlocutores sociales.

El CES rechaza la posibilidad de que las Mutuas puedan reconocer altas médicas en casos de enfermedad común utilizando el silencio administrativo de los servicios públicos de salud; recomienda que Seguridad Social mantenga su compromiso con actividades preventivas de riesgos laborales y propone que se mejore el modelo de gobierno y control de las Mutuas y la participación de los interlocutores sociales. El Pleno del Consejo Económico y Social, en el que participan representantes de las organizaciones sindicales, empresariales, expertos nombrados por el gobierno y distintos tipos de organizaciones sociales (consumidores, organizaciones agrarias, de economía social, etc.) ha aprobado hoy el dictamen sobre el Anteproyecto de Ley de Mutuas, en el que se critican muy duramente los elementos básicos de este proyecto normativo. En concreto, el CES rechaza el procedimiento previsto para que las Mutuas puedan reconocer en la práctica altas médicas en los casos de incapacidad temporal por enfermedad común. El anteproyecto del Gobierno posibilita que en estos casos las Mutuas puedan hacer una propuesta de alta al médico de atención primaria que ha reconocido la baja por enfermedad, enviando la comunicación a través de la inspección del servicio autonómico de salud, dándoles un plazo máximo de 5 días hábiles para que contesten.

 

La Sentencia, el incidente de nulidad y la condena al abono de la paga extra de 2012 a un funcionario

Primero fue una sentencia ganada, condenando a la devolución íntegra del la paga extra del año 2012 a la Junta de Andalucía a un funcionario; después fue el intento frustrado de la Junta de Andalucía  de anular la decisión judicial interponiendo un incidente de nulidad, que no sólo no prosperó, sino que además el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 10 de Sevilla el 17 de enero de 2014 ratificó y condenó al pago de la paga extra de 2012 a un funcionario de Justicia. Esta sentencia, además, condena en costas a la Junta, y ha provocado la solicitud de la extensión de sentencia por parte de cientos de funcionarios de Justicia. No es, ni será la primera condena que obliga a las Administraciones al abono de la pagas extraordinarias; lo que es lamentable, es que, las empleadas y empleados públicos debamos seguir pagando las “ilegalidades” de los legisladores y nos obliguen a demandar en los Tribunales nuestros Derechos.

Es vergonzoso, que el Ayuntamiento de Madrid, apele al pronunciamiento del Tribunal Constitucional para pagarnos a las empleadas y empleados municipales, lo que por este concepto nos debe… ¿seguiremos esperando?….

Actualizado (Lunes, 27 de Enero de 2014 11:53)

 

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