Glisofato: el herbicida más utilizado en España es declarado cancerígeno

La inclusión del glifosato en el listado de agentes cancerígenos de la IARC reactiva la oposición global a esta sustancia e impulsa una campaña de CCOO para prevenir su exposición en las empresas y reclamar medidas a las Administraciones.

 

El pasado 20 de marzo, la Agencia Internacional de Investigación sobre el Cáncer (IARC), dependiente de la Organización Mundial de la Salud, incluyó cinco sustancias agroquímicas en su listado de agentes cancerígenos. Entre ellas destaca un viejo conocido de las entidades de defensa de la salud pública y ambiental, el glifosato...


CCOO ha puesto en marcha una iniciativa, inserta en la campaña Cáncer Cero en el Trabajo, para actuar tanto a nivel de empresa como institucionalmente.

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Actualizado (Viernes, 10 de Julio de 2015 09:31)

 

Los bomberos mueren más jóvenes: el uso de equipos de trabajo contaminados aumenta la probabilidad de contraer cáncer

La Sección Sindical de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid ha iniciado un trabajo para trasladar al colectivo las evidencias científicas de que una descontaminación inexistente o inadecuada de los equipos de trabajo supone prolongar la exposición del personal al riesgo químico, aumentando la probabilidad de que contraigan distintos tipos de cáncer asociados a esas exposiciones.

 

En el año 2012, la sección sindical del Ayuntamiento de Madrid creó un grupo de trabajo de riesgos laborales y en noviembre de ese año empezó a reclamar al ayuntamiento que cumpliera con su obligación de lavar y descontaminar la ropa y equipos de trabajo mediante un procedimiento ordinario. Durante meses, los bomberos amontonaron la ropa de trabajo, distinta a la ropa de fuego, en bolsas para que se procediera a su limpieza.

 

La situación se hizo insostenible, provocando la denuncia ante Inspección de Trabajo. Al principio las respuestas de la jefatura eran del tipo: 'Sí claro, hasta la ropa interior os vamos a lavar', y no aceptaban los procedimientos propuestos desde el grupo de trabajo, que eran similares a los de los compañeros de la Comunidad de Madrid. Esto derivó en otra denuncia ante la Inspección de Trabajo, que requirió a la Subdirección de Bomberos para que realizara un procedimiento de limpieza y mantenimiento de los equipos.

Leer artículo completo en: www.porexperiencia.com

Actualizado (Viernes, 10 de Julio de 2015 09:32)

 

El dinero de las penalizaciones de la limpieza viaria se destinará a reincorporar a personal del ERTE


La alcaldesa de Madrid, Manuela Carmena, y la edil de Medio Ambiente, Inés Sabanés, han mantenido su primera reunión con las empresas concesionarias de la limpieza en Madrid para mejorar el aseo de la ciudad, cuya situación ha generado "alarma" entre los vecinos en los últimos tiempos. El resultado es la creación de grupos de trabajo con las concesionarias para aplicar medidas de choque de aquí a la Navidad y mejorar el servicio utilizando el dinero que Madrid ahorra al penalizar a las empresas por la suciedad.
Las empresas han dejado de ingresar más de 20 millones desde 2013 por las penalizaciones impuestas por el Ayuntamiento, según la concejala de Medio Ambiente, Inés Sabanés. Este sistema se implantó en agosto de 2013 con la entrada en vigor de los nuevos contratos integrales de limpieza que marcaban criterios para analizar el estado de la ciudad y en función de los mismos se penaliza a las empresas con el fin de que mejorara el servicio. Pero no dio resultado, sobre todo después de que el Ayuntamiento adjudicara con un presupuesto menor los nuevos contratos (en algunos casos hasta un 35 por ciento) y las empresas hicieran un ERTE que ha retirado de las calles a 442 barrenderos...

Leer artículo completo en:www.madridiario.es

Actualizado (Jueves, 09 de Julio de 2015 08:37)

 

Limitaciones al uso del teléfono como vía de comunicación con los usuarios de Mutuas

Dentro de las competencias de las Mutuas está la gestión de la prestación económica por contingencia común durante la incapacidad temporal, que incluye la facultad de la Mutua de citar a  la persona en baja por contingencia común, con el fin de realizar un reconocimiento médico por ver si su estado de salud justifica la suspensión del contrato, la asistencia médica y  la percepción de la prestación económica por incapacidad temporal.


Para concertar estas citas, las Mutuas están recurriendo a las llamadas telefónicas, estas comunicaciones  pueden inducir a errores de interpretación  o malentendidos que pueden tener como consecuencia la inasistencia a un reconocimiento médico y por ello la suspensión y extinción de la prestación económica.


Por ello, desde una perspectiva formal y con garantías jurídicas hay que utilizar la comunicación escrita, que garantiza una comunicación sin lugar a interpretaciones más que el literal del texto que se envía.


La Agencia de Protección de Datos considera que el número de teléfono constituye un dato de carácter personal. Por ello, la aportación del número de teléfono requiere de quien lo cede un acto libre, inequívoco, específico e informado.


Si ya has dado a la mutua los teléfonos, se puede optar por solicitar la cancelación, por escrito a la Mutua, de vuestros datos telefónicos y por tanto que se anule, esta información en los ficheros de su base de datos, en el ejercicio de tus derechos en materia de protección de datos (derecho de cancelación) y actualizar vuestra dirección habitual en la Empresa para cualquier necesidad dentro del ámbito laboral.


RECORDAR:


•    Nunca hay que revelar información de salud por teléfono
•    No se deben admitir citas vía telefónica, si acudimos es un consentimiento “tácito” a esta forma de contacto. Por lo que es recomendable pedir la información por escrito, motivada y con comunicación que deje constancia de quien y en qué momento recibió la notificación (carta certificada con acuse de recibo, telegrama o burofax).

 

Gestión de los Procesos por ITE (Incapacidad Temporal)

RECORDATORIO

El sábado 20 de junio de 2015 se ha publicado en el BOE la orden ESS/1187/2015, de 15 de junio, por la que se desarrolla el Real Decreto 625/2014, de 18 de julio. Ver BOE núm. 147, de 20 de junio de 2015

Las modificaciones introducidas han afectado, principalmente, a la expedición de los partes médicos de baja, confirmación y de alta, de manera que se ahorran trámites burocráticos, pues se han establecido 3 tramos para la emisión de los partes médicos, dependiendo de la duración estimada en cada proceso (corta, media o larga duración de la baja).


No obstante, no esta de más, que miréis el enlace adjunto para consultar el tríptico donde ya os informamos de estas modificaciones por si tenéis alguna duda al respecto. Ver tríptico informativo

 

 

ELECCIONES SINDICALES 2023

Cartel A3 Poder Cosas CCOO

Pincha aquí para acceder a todo el material de CCOO

 www.elecciones.ccooaytomadrid.es

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