Abierto plazo ayuda tratamiento psicológico

Del 1 al 30 de septiembre de 2016 se abre el plazo para la solicitud de la ayuda de tratamiento psicológico y la presentación de las facturas de los servicios realizados entre el 1 de enero y el 15 de septiembre de 2016.

Documentación a presentar:

a) Informe médico actualizado del Sistema Público de Salud en el que c onste expresamente la necesidad del tratamiento psicológico.

Los empleados y jubilados que hubieran presentado este informe en el proceso para la renovación de la ayuda concedida en el 2015 no tendrán que presentar este documento.

b) Facturas con los requisitos establecidos en el artículo 5.2.c) de las Bases Generales, con indicación del concepto de gasto e IVA exento, si procede.

De conformidad con lo establecido en el artículo 5.2.b) de las Bases Generales, en todas las facturas deberá constar el texto manuscrito “Factura presentada en la convocatoria del año 2016 de la línea de ayudas para tratamiento psicológico de acción social del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos”.

El personal en activo deberá solicitar la ayuda y adjuntar la documentación a través de Ayre. El personal jubilado y pensionistas a través de cualquier oficina de Registro del Ayuntamiento de Madrid, o a través de cualquiera de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

 

Ayudas Asistenciales (1 octubre a 15 de enero 2016)

Han salido publicadas en el BOAM de 1 de septiembre de 2016 las siguientes resoluciones sobre ayudas asistenciales:

Resolución de 19 de julio de 2016 del Director General de Relaciones Laborales por la que se hace pública la relación de ayudas asistenciales concedidas a trabajadores, jubilados y pensionistas del Ayuntamiento de Madrid solicitadas de 1 de octubre a 15 de enero 2016.

Resolución de 22 de julio de 2016 del Director General de Relaciones Laborales por la que se deniegan ayudas asistenciales convocatoria 2015 a los trabajadores municipales, jubilados y pensionistas del Ayuntamiento de Madrid, solicitudes de 1 de octubre a 15 de enero 2016.

Resolución de 22 de julio del 2016 del Director General de Relaciones Laborales por la que se declaran desistidas las solicitudes de ayudas asistenciales convocatoria 2015 a los trabajadores municipales, jubilados y pensionistas del Ayuntamiento de Madrid presentadas de 1 de octubre a 15 de enero 2016

El listado completo se puede consultar en el tablón de anuncios de la calle Bustamante, 16 y en la intranet municipal de Ayre.

 

Museo de Historia de Madrid

cerrado
Mientras más de 8 millones de turistas visitaron Madrid en 2015, una cifra que supone un aumento del 5% respecto a 2014 y todo apunta que para 2016 se incremente el número de visitantes; mientras Madrid está lleno de turistas ávidos de cultura, de visitar nuestros museos, nos permitimos tener cerrados el Templo de Debod, como hemos venido denunciando reiteradamente y en estos últimos días de agosto hemos sumado el Museo de Historia de Madrid, situado en la calle de Fuencarral, 78, cerrado desde el 18 al 31 de agosto, ambos inclusive.

 

Desde CCOO hemos remitido carta a la Concejala responsable del Área de Cultura y Deportes del Ayuntamiento de Madrid, Celia Mayer Duque, pidiendo explicaciones sobre los motivos que han originado el cierre del Museo.

 

Es responsabilidad y tarea de los gestores municipales la previsión para que esto no hubiera ocurrido. Esta situación no puede solventarse con un cartel advirtiendo del cierre temporal del Museo.

 

¿Qué pensaríamos si cuando viajamos a otras ciudades y al visitar el Museo de Historia de cualquiera de esas ciudades estuviera cerrado en pleno periodo estival?

 

¡La cultura no debería cerrar por vacaciones!

 

Seguridad por encima de Ruindad

No hay que ser un lince para darse cuenta de la cantidad de artículos y noticias interesadas (que no interesantes) de prensa que o bien resaltan hechos intrascendentes o sacan a la luz deficiencias de nuestro Cuerpo que llevan décadas sin resolverse motivadas por tanto tiempo de abandono.


Ciertos medios de comunicación que obedecen a otros intereses muy ajenos a la calidad, veracidad y calidad de la información. En el otro lado escondidos, cobardes, soplones, que buscan su minuto de gloria y vanagloria filtrando información tergiversada o descontextualizada o directamente falsa. Esta especie solo merece el desprecio de la miseria humana. Pero existe otra especie, ésta mucho más peligrosa. Son los que coinciden en los mismos intereses personales que esos medios de manipulación. Coinciden en que en "el tiempo pasado les fue mejor". Les fue mejor en lo personal, en el uso y abuso de nuestro Cuerpo de Policía Municipal para beneficio propio, de su auto derecho feudal y de pernada para hacer lo que, como, cuando y cuanto quisieran.


Estos personajes, auténticos descendientes de la historia más reciente de nuestro maltratado país no acaban de asumir que, al menos por el momento, se les acabó el estado señorial del que abusaban. Y de la misma forma, con la misma bajeza que sus predecesores les sale la rabia y la falta de escrúpulos para recobrar lo que en su miserable conciencia les muestra como suyo.


Su última y mezquina demostración viene en esta "¿noticia?" donde delatan con exquisita exactitud la localización, dispositivo, disposición e inclusive fotografías de rostros a veces mal disimuladas de nuestros (que no suyos) compañeros escoltas. Algo impensable en otro país, o en el nuestro con la Presidencia del Gobierno o la Casa Real. ¡También hay que valer para ser tan ruin!


http://www.elconfidencial.com/espana/madrid/2016-08-17/carmena-se-blinda-con-una-legion-de-escoltas-en-su-primera-visita-a-la-paloma_1247637/


http://www.elconfidencial.com/multimedia/album/espana/madrid/2016-08-17/los-escoltas-de-carmena-en-la-paloma_1247635/

 

Regulación del Trabajo Nocturno

APLICACIÓN DE MODIFICACIONES NORMATIVAS

Ha sido publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 311/2016, de 29 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, sobre jornadas especiales de trabajo, en materia de trabajo nocturno.


La jornada de trabajo máxima de los trabajadores y trabajadoras nocturnos cuyo trabajo implique riesgos especiales o tensiones físicas o mentales importantes será de ocho horas en el curso de un periodo de veinticuatro horas durante el cual realicen un trabajo nocturno.


Mediante este Real Decreto se incorpora al derecho español el artículo 8.b) de la Directiva 2003/88/CE, de 4 de noviembre de 2003, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo.

 

Con la apertura de la negociación del nuevo Acuerdo-Convenio a partir del próximo mes de septiembre, CCOO propondrá sumar a la misma la aplicación de la nueva normativa.

Consulta la normativa sobre jornada nocturna

 

ELECCIONES SINDICALES 2023

Cartel A3 Poder Cosas CCOO

Pincha aquí para acceder a todo el material de CCOO

 www.elecciones.ccooaytomadrid.es

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