Propuestas debatidas por la afiliación de ccooaytomadrid sobre "Repensar el Sindicato"El pasado lunes 19 de septiembre la afiliación de CCOO del Ayuntamiento de Madrid,sus Organismos Autónomos y Empresas Municipales nos hemos reunido para debatir sobre el futuro del sindicato dentro de la campaña "Repensar el Sindicato", no se trata de refundarlo, sino de evaluarlo para mejorarlo. Se establecieron grupos de trabajo que trataron sobre Representatividad, Unidad Sindical, Estructura y Afiliación aportando las siguientes propuestas que se elevaron a los órganos confederales de CCOO. Confiamos en que nuestra aportación sea tenida en cuenta para seguir construyendo las Comisiones Obreras.
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El Tribunal de Justicia Europeo reconoce que los trabajadores temporales tienen derecho a una indemnización de 20 días por añoCCOO emplaza al Gobierno en funciones y a las fuerzas políticas a promover una reforma legal urgente que ajuste nuestra legislación al marco europeo, e igualmente, promoverá las acciones judiciales necesarias para asegurar el pago de la indemnización a la totalidad de trabajadores y trabajadoras temporales que han visto extinguido su contrato en el último año. La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de fecha 14 de septiembre de 2016 ha resuelto la cuestión prejudicial formulada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sobre la conformidad de la legislación española en el tratamiento de la indemnización por la extinción del contrato de los trabajadores temporales con el Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada, suscrito por la Confederación Europea de Sindicatos el 18 de marzo de 1999 con las organizaciones empresariales europeas, e incorporado a la Directiva 1999/70 CEE del Consejo, de 28 de junio de 1999. En esencia, el TJUE considera que es discriminatoria la legislación española con los trabajadores y trabajadoras temporales, pues no reconoce una indemnización equivalente a la de los trabajadores fijos por la extinción de su relación laboral. Por tanto, exige a los Tribunales españoles que a la hora de resolver los procesos, reconozcan una indemnización a los trabajadores temporales equivalente a la establecida para el despido por causas objetivas, es decir, de 20 días por año de servicio. |
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