Ayuda de transporte en metálico

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Relación de trabajadores que deben subsanar
En el BOAM número 7.876, de fecha 29 de marzo de 2017, se ha publicado una Resolución firmada por el Director General de Relaciones laborales por la que se hace pública el número de personas que han solicitado la ayuda de transporte en metálico hasta el 31 de diciembre de 2016 y deben subsanar o aportar documentación.
El plazo de subsanación será de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.


Adjuntamos resolución

 

Resoluciones Acción Social BOAM 24 febrero

Han salido publicadas en el BOAM de 24 de febrero las siguientes Resoluciones de ayudas asistenciales:

 - Resolución de 20 de febrero del 2017 del Director General de Relaciones Laborales por la que se hace pública la relación de solicitantes de ayudas asistenciales convocatoria 2016, solicitudes del 1 de octubre de 2016 a 15 de enero de 2017, que deben subsanar o aportar documentación.

 - Resolución de 20 de febrero de 2017 del Director General de Relaciones Laborales por la que se publica la concesión de ayudas asistenciales convocatoria 2016 a los trabajadores municipales, jubilados y pensionistas del Ayuntamiento de Madrid, solicitudes de 1 de julio a 30 de septiembre 2016.

 - Resolución de 20 de febrero de 2017 del Director General de Relaciones Laborales por la que se deniegan ayudas asistenciales convocatoria 2016 a los trabajadores municipales, jubilados y pensionistas del Ayuntamiento de Madrid, solicitudes de 1 de julio a 30 de septiembre 2016.

 - Resolución de 20 de febrero de 2017 del Director General de Relaciones Laborales por la que se declaran desistidas las solicitudes de ayudas asistenciales convocatoria 2016 a los trabajadores municipales, jubilados y pensionistas del Ayuntamiento de Madrid, solicitudes de 1 de julio a 30 de septiembre 2016.

 

Las relación de las personas se pueden consultar en el tablón de anuncios, ubicado en la Oficina de Registro municipal de la calle Bustamante, 16, planta baja, y en la intranet municipal Ayre.

 

Presentación solicitudes ayudas estudios para personal municipal

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Desde el 16 de febrero y hasta el 31 de marzo de 2017, ambos inclusive, se pueden presentar las ayudas de estudios para formación de personal municipal.


Las solicitudes se deben presentar exclusivamente de forma digital a través de Ayre.Para evitar posteriores requerimientos es fundamental prestar atención tanto a las Bases Generales como a las Específicas.


Dos son las novedades de la presente convocatoria:
1.-En cuanto a la documentación acreditativa de la matriculación se ha suprimido la necesidad de incluir en el certificado el código del centro si bien se recuerda que para la validez de aquel es necesario que venga debidamente firmado y sellado.
2.-En cuanto al justificante de los gastos abonados, se deberá acreditar este extremo en las tres modalidades de estudios, y no solo en la modalidad A, como el pasado curso. Se entenderán como gastos abonados los de matrículas, tasas, libros de texto y/o material declarado necesario por el centro escolar en el que el alumno curse los estudios, debiéndose acreditar en todos los casos el abono de dichos gastos.

 

Modificaciones en las solicitudes de Préstamos Reintegrables

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La Comisión Técnica de Acción Social, reunida el pasado día, 2 de febrero, ha acordado la modificación de los requisitos para la solicitud de préstamos reintegrables.Las novedades más importantes se refieren a la posibilidad de solicitud individualizada en caso de que ambos miembros -matrimonio o pareja de hecho- sean personal municipal.
Por otra parte,  no es necesario presentar la factura justificativa del hecho causante, es suficiente con que se aporte la documentación acreditativa de que se va a efectuar dicho gasto en los supuestos marcados.
Para más información

 

Ayudas de Acción Social

Ayudas de transporte denegadas y desistidas
En el BOAM número 7.840, de fecha 6 de febrero de 2017, se han publicado dos resoluciones firmadas por el Director General de Relaciones Laborales por las que se deniegan y se declaran desisitidas las ayudas de transporte en metálico al personal municipal del Ayuntamiento de Madrid, solicitadas para el periodo comprendido entre el 1 de junio y el 30 de septiembre de 2016.
Adjuntamos resoluciones

Resolución denegación

Resolución desistimiento

 

Celebrada COMISE de Acción Social

Aprobada la nueva regulación de préstamos reintegrables

El 2 de febrero se ha celebrado una Comisión Técnica de Acción Social. En la misma se ha informado y debatido sobre los siguientes temas:

1. Nos entregan dos cuadros, uno sobre el total de las ayudas tramitadas de enero de 2016 a enero de 2017, concedidas y denegadas en todas las líneas de ayuda de acción social para el Ayuntamiento y para los Organismos Autónomos; y otro, desde noviembre de 2016 a enero 2017 ( consultar cuadros ) (se acuerda presentar los próximos datos por año completo, de enero a diciembre).
2. Se aprueba y se firma la modificación de las bases específicas reguladoras de ayudas asistenciales de la convocatoria de acción social para el año 2017, aplicando el punto 8 del acuerdo de COMISE de 19 de diciembre de 2016. Por tanto, se incluyen en las bases de 2017 con efecto retroactivo desde el 1 de enero. Os recordamos que se trata de operaciones oftalmológicas, tratamientos de fertilidad y vacunas para hijos menores de edad, no cubiertos por el Sistema Público de Salud.
3. Aprobamos la nueva regulación de los préstamos reintegrables (máximo 2.500 euros). Este punto al venir recogido en el artículo 37 del Acuerdo-Convenio, no permite muchas modificaciones (motivos) hasta que no se negocie el nuevo convenio, pero consideramos que ha habido cambios sustanciales interesantes en cuanto a que no es necesario justificar el gasto con facturas, sino solo motivando la necesidad justificada.

Estos préstamos son compatibles con otras ayudas de la misma naturaleza, por ejemplo, en caso de adopción, se puede solicitar la ayuda por gastos de adopción y también un préstamo por este motivo. Una novedad en este sentido es que si los cónyuges o parejas de hecho son trabajadores del Ayuntamiento de Madrid y OO.AA., cada uno de ellos podrá presentar una solicitud individualizada.

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