Subsanación de ayudas de comedor y para la formación de hijos/-as del personal del Ayuntamiento de Madrid.-Subsanación ayudas comedor .-Subsanación ayudas formación hijos/as El BOAM número 8.171, de fecha 11 de junio, recoge dos resoluciones de la Directora General de Relaciones Laborales y Retribuciones por las que se hacen públicas las relaciones del personal del Ayuntamiento de Madrid que tiene que subsanar o aportar información en las ayudas solicitadas de comedor o para estudios de hijos/as, del curso 2017-2018. La relación de ambas ayudas se puede consultar en el tablón de anuncios de la oficina de registro de la calle Bustamante, 16 y en la Intranet municipal Ayre. El plazo par subsanar es de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de las resoluciones en el BOAM. La documentación se presentará exclusivamente de forma telemática. Ver resoluciones Subsanación Ayudas Formación Hijos/as Escribir un comentario
Recordatorio Acción Social.- Ayudas asistenciales Las solicitudes de las ayudas asistenciales están divididas en dos períodos, el próximo viernes 15 de junio finaliza el plazo para presentar las facturas emitidas de 1 de enero al 31 mayo 2018. Esto incluye: aparatos ópticos, aparatos auditivos, arreglos y prótesis dentales, aparatos ortopédicos, vacunas, productos alimenticios específicos y consumibles (sensores) para el control de diabetes, y tratamientos de fertilidad. |
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