Reanudación de los plazos de presentación de ayudas de Acción Social
Según se informa en la Intranet Ayre
En relación a los plazos de presentación de ayudas de acción social, cuya tramitación es inmediata procedería tanto reanudar los plazos que quedaron interrumpidos, como iniciar aquellos que no llegaron a empezar.
• Por un lado se reanudan los plazos por los días que restaban para finalizar tanto la ayuda de estudios para la formación del personal (plazo de presentación del14 de febrero al 16 de marzo de 2020) como la ayuda por gastos de adopción y acogimiento (plazo de presentación del 2 de marzo al 1 de abril de 2020):
- Desde el 1 de junio al 3 de junio, ambos inclusive: para la ayuda de estudios para la formación del personal a cuyo plazo le restaban tres días para finalizar.
- Desde el 1 de junio al 18 de junio, ambos inclusive para la ayuda por gastos de adopción y acogimiento a cuyo plazo le faltaban dieciocho días para finalizar.
• Por otra parte, respecto de los plazos que no comenzaron, se establecen como nuevas fechas de presentación de solicitudes de la ayuda de estudios para la formación de hijos e hijas y de la ayuda de comedor escolar para hijos e hijas de 3 a 16 años, ambas del curso escolar 2019/2020, que tenían un plazo de presentación comprendido entre el 1de abril y el 4 de mayo de 2020:
- Desde el 1 de junio al 6 de julio, ambos inclusive: para la ayuda de estudios para la formación de hijos e hijas.
- Desde el 1 de junio al 6 de julio, ambos inclusive: para la ayuda de comedor escolar para hijos e hijas de 3 a 16 años.
• Respecto del primer tramo de plazo de presentación de la ayuda de asistenciales, para facturas emitidas de 1 de enero a 31 de mayo de 2020 ambos inclusive (cuyo plazo de presentación ordinaria abarca hasta el 15 de junio de 2020) se amplía el plazo:
- Desde el 16 de junio al 18 de agosto ambos inclusive.”
Aquellas solicitudes que, durante el periodo de suspensión de plazos administrativos, hubieran sido presentadas en los formularios disponibles por vía telemática a través de la intranet municipal “ayre” (o extranet municipal https://ayre.madrid.es) o a través de la página web https://jubilacion.madrid.es, se considerarán presentadas dentro de plazo.”
Actualizado (Jueves, 28 de Mayo de 2020 09:06)