Aprobación varias Bases de Promoción InternaMESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN DE PERSONAL FUNCIONARIO DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS Se han aprobado las bases específicas de los siguientes procesos selectivos de promoción interna independiente: CCOO ha votado a favor de su aprobación. Estas han sido algunas de nuestras alegaciones que se han aceptado y se incorporan al texto: • Queda pendiente revisar el cupo de reserva del 7% de las vacantes para ser cubiertas con personas con discapacidad de grado igual o superior al 33% puesto que no se trata de acceso a la Administración, sino de promoción interna. • Se ha suprimido la lectura pública del ejercicio, puesto que el Tribunal no puede abrir diálogo alguno con el opositor/a. • Se publicarán los criterios de corrección con antelación a la celebración del ejercicio. Escribir un comentario
Negociación de RPT’sComo ya os informamos desde el pasado mes de junio, después de muchos intentos y demandas, la Corporación accedió a negociar con la parte sindical las modificaciones de las RPTS, llevándolas a Mesa General de Negociación de Empleados Públicos, siempre que fueran materias objeto de negociación, reguladas en el artículo 37.1 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP), tales como retribuciones, condiciones de trabajo, horarios, movilidad, etc. En las Mesas celebradas desde entonces, en las alegaciones a los expedientes que se han presentado, CCOO ha mantenido una misma línea en sus intervenciones, con la intención de que lo que se decida en un Área u Organismo, sea transversal para evitar desigualdades entre puestos dependiendo de donde se esté desempeñando el trabajo. Asimismo venimos insistiendo reiteradamente en lo siguiente: • Que no se amorticen plazas para crear otras y por supuesto, si se amortizan, que no sean de puestos de categorías bajas para crear Jefaturas. En la última modificación sobre Directrices en las que se establece el procedimiento y se fijan criterios para modificar las RPTs de 18 de junio de 2018, no negociada con los sindicatos, menciona que “la creación de un puesto de trabajo conllevará la supresión de otro”, ahora bien, dice que es con carácter general y lo condiciona siempre que no concurran algunos supuestos. • Las plazas vacantes en las que se toma posesión después de un nombramiento viniendo de un proceso selectivo tienen que ser en puestos base. • La apertura a otras Administraciones de los puestos solo cuando se haya convocado el Concurso y se haya quedado desierto. • La forma de provisión de los puestos debe ser por Concurso General. Por Concurso Específico para determinados puestos y grupos y por Concurso de Libre Designación solo a partir de los niveles 28. Estamos empezando en este nuevo camino, y esperamos que con una verdadera actitud negociadora por parte de esta Corporación consigamos profesionalizar los servicios que ofrecemos a la ciudadanía así como tratar de subsanar las diferencias y desigualdades entre la plantilla. |
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- CCOO valora el acuerdo con la patronal como un “primer golpe, un primer paso para disputar” los beneficios que se están generando
- Acuerdos firmados en Mesa General de Empleados Públicos
- Por fin se negociarán las relaciones de puestos de trabajo (RPT) con las organizaciones sindicales
- Presentada demanda de conflicto colectivo por CCOO y UGT contra el Ayuntamiento de Madrid por el no abono de la Clasificación de Personal Laboral