Información sobre la reunión de la Comisión de Control del Plan de PensionesEl pasado 27 de abril se reunió la Comisión de Control del Plan de Pensiones del Ayuntamiento de Madrid, Organismos Autónomos y Empresas Municipales, al objeto de dar cumplimiento a la normativa sobre la aprobación de las cuentas anuales del Fondo de Pensiones, entre otras cuestiones. A tal fin se procedió a examinar las cuentas del ejercicio 2017 y el Informe de Auditoria elaborado por la empresa auditora, Deloitte, SL. Escribir un comentario
Actualizado (Lunes, 07 de Mayo de 2018 07:57) Éxito en el 1º de Mayo.- Más de 50.000 personas claman en las calles de Madrid por mejores empleos, salarios más altos, pensiones dignas y a favor de la igualdad
Actualizado (Jueves, 03 de Mayo de 2018 13:48) Subsanación de Ayudas Asistenciales marzo 2018Se ha ùblicado en el BOAM número 8.143,de fecha 27 de abril de 2018, una Resolución por la que se hace pública la relación de personal municipal, personal jubilado y pensionistas del Ayuntamiento de Madrid, solicitantes de ayudas asistenciales en marzo de 2018, que deben subsanar o presentar documentación. La relación se puede consultar en el tablón de anuncios de la oficina de Registro de la calle Bustamante 16 y en la Intranet Ayre. El plazo de subsanación es de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de esta publicación en el BOAM. Actualizado (Lunes, 30 de Abril de 2018 12:50) Qué debemos hacer en caso de disconformidad con el trato recibido de la Mutua (ASEPEYO)1.- La mutua tiene obligación de atenderte si te presentas con el “Volante de Asistencia” expedido en tu centro de trabajo. 2.- Como no es necesario llamar previamente para que te preste esa revisión médica (triaje), ni pedirles permiso para acudir, te debes presentar en el centro asistencial de la Mutua. No debes admitir que te remitan a la Seguridad Social sin que te hayan visto algún médico y menos sin un informe donde hagan constar, por escrito, dicha derivación a la sanidad pública. Actualizado (Lunes, 30 de Abril de 2018 09:42) Recordatorio de procedimiento, solicitud y concesión de vacacionesCOMISE 19-12-2016
Al objeto de elaborar el Plan anual de vacaciones de las distintas unidades administrativas, el personal municipal habrá de solicitar entre el 1 de abril y el 1 de mayo de cada año y por los medios habilitados en el Ayuntamiento de Madrid el período vacacional que deseen disfrutar durante el período estival. Estas peticiones se resolverán expresamente por los respectivos gestores de personal, a la vista de las formuladas por el personal que desempeñe su trabajo en la unidad administrativa de que se trate, antes del 31 de mayo. Todo ello se entiende sin perjuicio de que por la naturaleza y particularidades del Servicio deban establecerse otros plazos.” Actualizado (Viernes, 27 de Abril de 2018 13:24) |
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