Bases reguladoras para el año 2013 (Acción Social)

A través de la Resolución de 14 de enero de 2013 de la Directora General de Relaciones Laborales se hacen públicas las bases reguladoras para el año 2013 de las Ayudas de Acción Social aprobadas por la Comisión Técnica de Acción Social.

 

Anexo I: Bases comunes, de obligado cumplimiento para todas las
ayudas.
Anexo II: Bases de la Ayuda por Discapacidad Física, Intelectual o
Sensorial.
Anexo III: Bases de la Ayuda por Discapacidad de Ascendientes a
cargo.

 

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Los directivos mantendrán algunas ayudas sociales

Concepción Dancausa, delegada de Hacienda en el Ayuntamiento de Madrid, ha confirmado que los directivos mantendrán las ayudas sociales al transporte y para quienes tengan a su cargo a una persona discapacitada.

 

Calendario Acción Social 2012

Calendario de Acción Social 2012

 

Recordatorio actualización Unidad Familiar

RECORDATORIO PARA ACTUALIZACIÓN BENEFICIARIOS AYUDAS ACCIÓN SOCIAL

Recordaros que el día 31 de enero de 2012 finaliza el plazo para incluir a los beneficiarios de 18 a 25 años (27 años en el caso de las Ayudas de Estudios para la Formación de los Hijos) para que se mantengan los efectos del alta con fecha 1 de enero.

Para realizar ese trámite hay que cumplimentar la Declaración Responsable que está disponible en Ayre\laboral\acción social\modelos de documentos.

Las situaciones de acogimiento y tutela también de ser actualizadas.

 

 

Bases Acción Social para 2012

Han sido publicadas en el BOAM de 30 de diciembre de 2011, por Resolución de 23 de diciembre de 2011 de la Directora General de Relaciones Laborales, las bases reguladoras para el año 2012 de las ayudas de acción social aprobadas por la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos.

Anexo I: Bases comunes, de obligado cumplimiento para todas las ayudas.

Anexo II: Bases de las Ayudas Asistenciales.

Anexo III: Bases de la Ayuda de Educación Infantil.

Anexo IV: Bases de la Ayuda para Tratamiento Psicológico.

Anexo V: Bases de la Ayuda por Gastos de Adopción.

Anexo VI: Bases de la Ayuda de Estudios para la Formación del Personal.

Anexo VII: Bases de la Ayuda de Estudios para la formación de los Hijos.

Anexo VIII: Bases de la Ayuda de Comedor Escolar para Hijos de 3 a 16 años.

Anexo IX: Bases de la Ayuda a la Promoción Interna del Personal.

Anexo X: Bases de la Ayuda por Discapacidad Física, Intelectual o Sensorial.

Anexo XI: Bases de la Ayuda por Discapacidad de Ascendientes a cargo.

Documento con las Bases de Acción Social 2012

 

Bases de Acción Social para 2012

CCOO, UGT y CSI-F firmaron el pasado 23 de diciembre las Bases de Acción Social para 2012.

1.- En ellas se modifican, sin acortarse, los plazos de solicitud de algunas ayudas: Estudios para la formación del personal: desde el 16 de febrero al 31 de marzo. Estudios para la formación de los hijos: desde el 15 de abril al 31 de mayo. Comedor escolar para hijos de 3 a 16 años: desde el 15 de abril al 31 de mayo. Promoción interna del personal: desde el 16 de septiembre al 15 de octubre.
     Se reduce el plazo de solicitud de la Ayuda por gastos de adopción, quedando desde el 16 de septiembre al 15 de octubre para adopciones resueltas entre el 1 de noviembre de 2011 y el 15 de septiembre de 2012.

2.- Otras novedades se refieren a los justificantes:
* Se pedirá justificante anual en los casos de acogimiento y tutela judicial en tanto estas situaciones sean provisionales
* Se admitirán los justificantes de pago de tasas a través de Internet en las solicitudes de ayuda de estudios para la formación del personal y en las de estudios para la formación de los hijos


3.- Pero las mejoras más importantes afectan a dos puntos muy reclamados por el conjunto de la plantilla:

     * Respecto a los beneficiarios directos: Cuando el empleado municipal esté separado o divorciado y no tenga la guarda y custodia podrá incluir a los hijos aportando copia compulsada del título judicial oportuno y acredite estar al corriente del pago de la pensión por alimentos. Se evita así la discriminación que separados/as venían sufriendo en la percepción de ayudas para sus descendientes.

     * En aplicación de la ley para la igualdad efectiva de mujeres y hombres se introduce en la ayuda de Educación Infantil: si el empleado tuviere derecho a la prestación por otro hijo la percepción de la ayuda no tendrá en cuenta la fecha de reincorporación efectiva derivada del hijo menor. De esta forma se modifica la situación anterior que restaba la ayuda, tanto para el hijo menor como para el mayor, hasta la reincorporación efectiva.

 
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