Aclaraciones sobre la jornada de verano 2020La Dirección General de Función Pública ha emitido una nota aclaratoria sobre el disfrute de la reducción horaria durante el periodo estival 2020 del personal del Ayuntamiento de Madrid. El Acuerdo Convenio 2019-2022 establece para el personal municipal la reducción de una hora en la salida durante el periodo estival de 15 de junio a 15 de septiembre, periodo que se amplía para el personal con hijos/as, descendientes o personas sujetas a tutela o acogimiento menores de 13 años de edad o con una discapacidad igual o superior al 33%, desde el 1 de junio al 30 de septiembre. Conforme a lo previsto en el Acuerdo convenio 2019-2022 y a los efectos del disfrute de esa reducción horaria estival y de la gestión de la reducción del personal con hijos/as, descendientes o personas sujetas a tutela o acogimiento menores de 13 años de edad o con una discapacidad igual o superior al 33%, se informa: Escribir un comentario
Actualizado (Lunes, 08 de Junio de 2020 12:40) Reincorporación a los centros de trabajoPriorizando el teletrabajo, de forma escalonada y respetando la conciliación La reincorporación a la actividad presencial se está realizando ya en muchos servicios del Ayuntamiento, y no en todos por igual. Con fecha 7 de mayo pasado se publicó el “Decreto del Alcalde por el que se determinan los criterios generales de aplicación para la reincorporación escalonada del personal a la actividad habitual.” En su introducción, realiza un análisis de la diferente normativa que viene siendo de aplicación en este momento excepcional a causa del Covid-19, y señala lo siguiente: Destaca en ese sentido el Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo, que en su artículo 15 consolida como medidas organizativas a medio plazo: el carácter preferente del trabajo a distancia y el derecho de adaptación del horario y reducción de jornada. En este contexto, resulta imprescindible establecer unos criterios homogéneos que garanticen que la futura reincorporación del personal al desarrollo de la actividad presencial se lleve a cabo de forma escalonada. Todo lo anterior persigue garantizar la eficiente prestación de los servicios en nuestro ámbito, pero tiene como principal objeto garantizar la seguridad y salud del personal del Ayuntamiento de Madrid mediante la aplicación de las medidas preventivas que correspondan en cada caso. Y a continuación el Decreto dispone cuáles son esos criterios que garanticen el cumplimiento homogéneo de esta normativa por parte de todos los servicios. Sin embargo, la realidad a día de hoy es que la aplicación está siendo desigual, resultando que en algunos servicios se respetan a rajatabla estos criterios (como debe ser), y en otros sin embargo no, pues ya se está llamando a la plantilla a la reincorporación presencial, cuando, como dice el Decreto del Alcalde, y las normas de las que trae causa, lo prioritario es mantener el trabajo a distancia, y reducir la actividad presencial al tiempo realmente necesario. Para aquellos puestos en que la actividad presencial sea necesaria, la reincorporación ha de hacerse respetando los criterios de postergación de la incorporación: personal vulnerable, embarazadas y personal con necesidades de conciliación. |
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