Botella dispara el sueldo de sus asesores directos un 34% con un cambio normativo

La alcaldesa de Madrid crea la figura del “asesor vocal” que ganará 70.500 euros anuales, 18.000 euros más que hasta ahora.

La austeridad se aplica con doble rasero en el Ayuntamiento de Madrid. Después de que el gobierno de la alcaldesa Ana Botella (PP) ejecutó el año pasado fuertes recortes a los servicios de limpieza, que terminó con una huelga de basura en toda la ciudad, el ayuntamiento acaba de modificar la estructura de cargos internos para aumentar el 34% los salarios de los asesores más cercanos.
El gobierno local aprobó un decreto el 11 de noviembre del 2013 por el que se modifican las retribuciones del equipo de asesores del gobierno municipal. La resolución crea una nueva figura: la del asesor vocal. Se trata de un cargo privilegiado, al menos en cuanto a la remuneración, ya que percibirá  70.511,14 euros, 18.000 euros más que el resto de asesores. El salario es similar al del Presidente del Gobierno (72.600 euros anuales) y el 30% inferior al que gana la propia alcaldesa (106.000 euros anuales).
“Los enchufados”
Los afortunados que han sido contratados con la nueva modalidad son Jaime Morate Martín y Juan María Del Álamo Jiménez. Morate se había desempeñado como jefe de gabinete del delegado de Artes, Fernando Villalonga, y también fue nombrado como consejero de la empresa pública Club Casa de Campo Villa de Madrid.
Juan María del Álamo Jiménez, ex secretario general de Medio Ambiente en el Ministerio durante la época de Elvira Rodríguez, también había sido coordinador general de Empleo y Desarrollo Empresarial del ayuntamiento, pero fue cesado el 22 de noviembre de 2012. Ahora, regresa por la puerta grande como "asesor vocal".
(Fuente: Economìa Digital)
 

El Tribunal Supremo limita utilizar a personas paradas para trabajar en la Administración

CCOO celebra que el Tribunal Supremo limite el uso forzoso de personas paradas para trabajos en la Administración; el sindicato ya había denunciado que en muchos ayuntamientos se estaban supliendo trabajos habituales con parados adscritos de manera forzosa bajo la fórmula de colaboración social.

              

 Los trabajos habituales y permanentes de una Administración Pública no pueden tener carácter temporal y, en consecuencia, no pueden cubrirse con la modalidad contractual de colaboración social, de modo que cuando “los servicios prestados se corresponden con las actividades normales y permanentes de la Administración demandada sin que se haya justificado ningún hecho determinante de temporalidad” no encuentran encaje en la figura de colaboración social.Esto es los que han concluido varias sentencias recientes de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo por las que se modifican los criterios jurisprudenciales que hasta ahora tenía dicho tribunal en relación con los contratos de colaboración social, que permiten que parados que están cobrando algún tipo de prestación sean contratados por las administraciones públicas o entidades sin ánimo de lucro por un salario muy bajo para realizar tareas temporales.
Estas sentencias dan la razón a la postura defendida por la Federación de Servicios a la Ciudadanía (FSC) de CCOO, que venía denunciando que las tareas de colaboración social que realizan las personas desempleadas que cobran prestaciones, consisten en trabajos de la actividad cotidiana de la Administración Pública con los que cubren puestos de las plantillas que deberían tener su contrato laboral.
 

"Deber inexcusable" los cuidados domiciliarios del menor

Se establece como "deber inexcusable" los cuidados domiciliarios del menor.

Tras una consulta realizada por una empleada pública del Ministerio de Defensa sobre la interpretación del artículo 48.1j del Estatuto Básico del Empleado Público, referente a las ausencias de un trabajador por la necesidad de atender el cuidado domiciliario de un menor, la Dirección General de la Función Pública ha decidido establecer el permiso por “deber inexcusable” de carácter personal, interpretando de forma favorable para la conciliación el disfrute de este permiso de “deber inexcusable”.

CCOO celebra el paso que se ha dado, porque mejora la situación de indefensión en la que se suelen encontrar, también en el terreno de la conciliación, las empleadas y empleados públicos. Sin esta interpretación favorable de la Dirección General de la Función Pública, resultaba muy difícil y casi imposible la conciliación del desempeño del puesto de trabajo con la obligación de velar por los hijos menores.

 

Nota de prensa: El Ayuntamiento ha jugado al escondite con los despidos de Madridec.

eremadridecno

Desafortunadamente nos hemos encontrado con la peor noticia. El Ayuntamiento ha anunciado que Madrid Destino (MD), heredera de la actividad de Madrid Espacios y Congresos, recurrirá la sentencia que declaró la semana pasada NO AJUSTADO A DERECHO el ERE realizado en 2013.

Teníamos la esperanza de que la reflexión anunciada por el Delegado de las Artes y Presidente de MD, Pedro Corral, el pasado lunes 17 de febrero, fuera el anuncio de un nuevo tiempo con respecto a los 25 despedidos de Madridec. Pero no. El Ayuntamiento de Madrid ha jugado al escondite, con los trabajadores y con el mismísimo Pedro Corral, obligado a jugar el papel de liebre en una carrera con final amañado.

Creemos que Corral no mintió el pasado lunes. Corral fue intencionadamente confundido para intentar despistarnos a todos. Confundido por los auténticos responsables de la decisión tomada, los que realmente mandan en la Empresa Municipal, Madrid Destino, que como ya se encargó de decir el Consejero Delegado, Pablo del Amo, no sería nunca Pedro Corral.

Como en el juego del escondite, al final, todo se descubre. No es posible que la Alcaldesa se llene la boca, en su discurso navideño, con el anuncio de que el Ayuntamiento no va a dejar de trabajar un minuto por cambiar la situación de los parados, ni ir a rezar al Santo pidiendo trabajo para todos los madrileños, y cuando se tiene la oportunidad de hacer realidad lo que se predica no cumplirlo. Con las buenas palabras no se come, Sra. Alcaldesa. Con las esperanzas que los despedidos han albergado estos 7 días no se juega, es cruel.

 

No a la Jornada de Verano con recuperación horaria

En nuestro Boletín Realidad Digital Nº 7 os informamos de la Mesa General de Empleados Públicos, celebrada en el día 29 de enero, donde los responsables de RRHH nos ofrecieron la posibilidad de que la reducción del horario de verano se hiciera mediante la acumulación de horas, únicamente en las dependencias con horario flexible, a lo largo del periodo del 1 de enero al 31 de mayo.

Para CCOO la propuesta era y es inasumible. No sólo porque no se extiende al conjunto de la plantilla, o porque ofrece innumerables sombras de dudas sobre situaciones sobrevenidas que impidan luego el disfrute de las horas acumuladas (por ejemplo, una posible baja médica, cese, etc.), sino porque estamos en un momento en el que el debate debe ser otro.

Durante 2013, en contra de lo establecido por el Gobierno de Rajoy, el conjunto del personal  de las administraciones públicas no hicieron 1.650 horas. A las mismas debemos descontar, no sólo el disfrute de la reducción de la jornada de San Isidro en Madrid, o de la jornada de verano en innumerables Ministerios, Delegación de Gobierno, Tesorería de la Seguridad Social, Comunidades Autónomas, Ayuntamientos…, sino que el mismísimo Ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, modificó unilateralmente el cómputo establecido “otorgando”, como los monarcas ilustrados hacían con las Cartas preconstitucionales, un día más de asuntos propios. Claro que no todos somos iguales. Nuestra “No-Vicealcaldesa”, Concepción Dancausa, entendió que la ampliación de nuestra jornada a 37,5 horas era un asunto exclusivamente ideológico y, mientras sus compañeros de Partido al frente de Ministerios, Comunidades Autónomas y Ayuntamientos se saltaban a la torera las órdenes de Rajoy, aquí sólo se escapaba, por impresentable, la jornada en la semana de nuestro santo patrón. En verano nada, a seguir machacando a los trabajadores y trabajadoras municipales…

 

Derecho de la empleada y empleado público al permiso por lactancia

Modificación del artículo 17.2.f) permiso por  lactancia

En nuestro Boletín Realidad Digital Nº 7 os informamos del Acuerdo alcanzado entre Sindicatos y Corporación en la Mesa General de Empleados Públicos, celebrada el día 29 de enero, de la modificación del artículo 17.2.f) del Texto Refundido del Acuerdo sobre Condiciones de Trabajo Comunes al Personal Funcionario y Laboral del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos  Autónomos, para el periodo 2012-2015, sobre el disfrute del permiso por lactancia en caso de que uno de los  progenitores no trabaje. Asimismo, este permiso constituye un derecho individual de los trabajadores, hombres o mujeres, pero sólo podrá ser ejercido por uno de los progenitores en caso de que ambos trabajen. En este caso, la empleada o empleado municipal que pretenda disfrutar de este permiso habrá de acreditar que el/la otro/a progenitor/a, sea o no empleada o empleado municipal, no ejercerá este derecho". En el BOAM de 17 de febrero de 2014 se ha procedido a su publicación de dicho Acuerdo

 
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