Botella dispara el sueldo de sus asesores directos un 34% con un cambio normativoLa alcaldesa de Madrid crea la figura del “asesor vocal” que ganará 70.500 euros anuales, 18.000 euros más que hasta ahora.La austeridad se aplica con doble rasero en el Ayuntamiento de Madrid. Después de que el gobierno de la alcaldesa Ana Botella (PP) ejecutó el año pasado fuertes recortes a los servicios de limpieza, que terminó con una huelga de basura en toda la ciudad, el ayuntamiento acaba de modificar la estructura de cargos internos para aumentar el 34% los salarios de los asesores más cercanos.
El gobierno local aprobó un decreto el 11 de noviembre del 2013 por el que se modifican las retribuciones del equipo de asesores del gobierno municipal. La resolución crea una nueva figura: la del asesor vocal. Se trata de un cargo privilegiado, al menos en cuanto a la remuneración, ya que percibirá 70.511,14 euros, 18.000 euros más que el resto de asesores. El salario es similar al del Presidente del Gobierno (72.600 euros anuales) y el 30% inferior al que gana la propia alcaldesa (106.000 euros anuales). “Los enchufados” Los afortunados que han sido contratados con la nueva modalidad son Jaime Morate Martín y Juan María Del Álamo Jiménez. Morate se había desempeñado como jefe de gabinete del delegado de Artes, Fernando Villalonga, y también fue nombrado como consejero de la empresa pública Club Casa de Campo Villa de Madrid. Juan María del Álamo Jiménez, ex secretario general de Medio Ambiente en el Ministerio durante la época de Elvira Rodríguez, también había sido coordinador general de Empleo y Desarrollo Empresarial del ayuntamiento, pero fue cesado el 22 de noviembre de 2012. Ahora, regresa por la puerta grande como "asesor vocal". (Fuente: Economìa Digital)
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El Tribunal Supremo limita utilizar a personas paradas para trabajar en la AdministraciónCCOO celebra que el Tribunal Supremo limite el uso forzoso de personas paradas para trabajos en la Administración; el sindicato ya había denunciado que en muchos ayuntamientos se estaban supliendo trabajos habituales con parados adscritos de manera forzosa bajo la fórmula de colaboración social.
Los trabajos habituales y permanentes de una Administración Pública no pueden tener carácter temporal y, en consecuencia, no pueden cubrirse con la modalidad contractual de colaboración social, de modo que cuando “los servicios prestados se corresponden con las actividades normales y permanentes de la Administración demandada sin que se haya justificado ningún hecho determinante de temporalidad” no encuentran encaje en la figura de colaboración social.Esto es los que han concluido varias sentencias recientes de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo por las que se modifican los criterios jurisprudenciales que hasta ahora tenía dicho tribunal en relación con los contratos de colaboración social, que permiten que parados que están cobrando algún tipo de prestación sean contratados por las administraciones públicas o entidades sin ánimo de lucro por un salario muy bajo para realizar tareas temporales.
Estas sentencias dan la razón a la postura defendida por la Federación de Servicios a la Ciudadanía (FSC) de CCOO, que venía denunciando que las tareas de colaboración social que realizan las personas desempleadas que cobran prestaciones, consisten en trabajos de la actividad cotidiana de la Administración Pública con los que cubren puestos de las plantillas que deberían tener su contrato laboral. |
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