Salud laboral desde la perspectiva de género

“La realidad de las mujeres en el mundo laboral”

La necesidad de aplicar la perspectiva de género a la salud laboral se fundamenta en la evidencia creciente de que los riegos laborales y las patologías causadas por ellos, afectan de manera desigual a los hombres y a las mujeres.

Para hacer visible esta realidad tenemos la necesidad de incorporar a la prevención de riesgos laborales (conjunto de medidas que se aplican en la actividad diaria empresarial con la finalidad de evitar o disminuir los riesgos derivados de la actividad laboral, mediante una evaluación que identifique y mida la magnitud de los mismos, y planificando las acciones preventivas necesarias que eliminen o minimicen las consecuencias para nuestra salud ante la exposición a los riesgos) 3 indicadores específicos de género:

La doble presencia (aumento de la carga de trabajo al simultanear una misma persona la responsabilidad doméstico-familiar con las obligaciones del trabajo)

El acoso sexual (comportamientos de naturaleza sexual que tienen el propósito o el efecto de atentar contra la dignidad de la persona)

El acoso por razón de género (comportamientos basados en los roles o los atributos asignados socialmente en función del sexo de la persona, con el propósito de atentar contra su dignidad)

De estos tres riesgos el de “la doble presencia” es el más desconocido por muchas trabajadoras.

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Concedidas las ayudas de discapacidad física, intelectual o sensorial al personal municipal, convocatoria 2019

Publicada en el BOAM número 8.415, de fecha 11 de junio de 2019, la resolución firmada por la Directora General de Relaciones Laborales y Retribuciones por la que se conceden las ayudas de discapacidad física, intelectual o sensorial al personal municial, jubilado y pensionista del Ayutamiento de Madrid.

La información individual, relativa a esta ayuda, cada solicitante la puede consultar en la Intranet Ayre, en la ruta: "Ayre/Mi área personal/ Acción Social/Mis ayudas/Solicitar y consultar ayudas/Ayudas solicitadas"

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Subsanación ayudas asistenciales marzo 2019

Mediante resolución publicada en el BOAM número 8.414 de 10 de junio de 2019, se requiere al personal municipal,jubilado y pensionista del Ayuntamiento de Madrid, solicitante de ayudas asistenciales en marzo de 2019, para que subsane sus solicitudes o aporte documentación  en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el BOAM.

La relación de ayudas requeridas se podrá consultar en el tablón de anuncios de la oficina de registro ubicada en la calle Bustamante, 16.

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Ayuda de discapacidad física, intelectual o sensorial del personal del Ayuntamiento de Madrid

Se han publicado en el BOAM número 8.412, de 6 de junio de 2019, dos resoluciones de subsanación y denegación de las solicitudes de ayuda de discapacidad física, intelectual o sensorial del personal municipal, jubilado y pensionista del Ayuntamiento de Madrid, de la convocatoria 2019.

El personal solicitante podrá consultar la información individual de la ayuda solicitada en la Intranet Ayre.

Las subsanaciones se tendrán que realizar en un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en el BOAM.

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Ayudas Acción Social: Formación del personal y Asistenciales

Se han publicado en el BOAM número 8.410, de 4 de junio de 2019, las siguientes resoluciones, firmadas por la Directora General de Relaciones Laborales y Retribuciones:

1.- Concesión, denegación y desistimiento de ayudas de estudio para la formación del personal municipal, convocatoria 2019.

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2.- Concesión, denegación y desistimiento de ayudas asistenciales solicitadas en enero y febrero de 2019 por el personal municipal, jubilado y pensionista del Ayuntamiento de Madrid.

Pincha aquí para descargar las resoluciones

 

 

Subsanar Ayuda de Comedor curso 2018/2019

ImagenComedor

Publicada en el BOAM número 8.405, de fecha 28 de mayo de 2019, una resolución de la Directora General de Relaciones Laborales y Retribuciones por la que se requiere al personal municipal que ha solicitado la ayuda de comedor para hijos e hijas de 3 a 16 años -curso 2018/2019- para subsanar o aportar documentación.

El plazo de subsanación será de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en el BOAM.

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