Concesión y subsanación de ayudas por discapacidad

Publicadas en el BOAM número 8.480, de fecha 12 de septiembre de 2019 dos resoluciones; una en la que se conceden ayudas de discapacidad física, intelectual o sensorial al personal municipal que las ha solicitado y otra en la que se requiere que se subsane documentación o aporten documentación necesaria para la concesión.

El plazo de subsanación es de diez días hábiles contados a partir del siguienrte al de la publicación de la resolución en el BOAM.

Adjuntamos resoluciones:

Concesión ayudas discapacidad

Subsanación ayudas discapacidad

 

Solicitud de ayudas de educación infantil y ayudas de promoción interna del personal municipal

Desde el día 2 de septiembre, y hasta el próximo 30 de septiembre de 2019, ambos inclusive, pueden presentarse las solicitudes de ayudas de Educación infantil curso 2018/2019 y las ayudas de Promoción interna del personal.

En lo referente a la educación Infantil, como en anteriores convocatorias, para facilitar la cumplimentación de los datos imprescindibles se pone a disposición del personal en la intranet municipal Ayre/Acción social/modelo de documentos o extranet (https://conecta.madrid.es) un modelo de documento para certificar los gastos abonados al centro escolar.

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Concedidas ayudas de discapacidad física, intelectual y sensorial

Se ha publicado en el BOAM número 8.437, de fecha 11 de julio de 2019,la concesión de ayudas de discapacidad física, intelectual o sensorial al personal municipal, jubilado y pensionista del Ayuntamiento de Madrid, convocatoria 2019.

Adjuntamos resolución

 

Subsanación en la ayuda de estudios para la formación de hijos e hijas, curso 2018/2019

Se ha publicado una resolución en el BOAM número 8.417, de fecha 13 de junio de 2019, por la que se requiere al personal municipal la subsanación de documentación en la ayuda de estudios para la formación de hijos e hijas, curso 2018/2019.

El personal afectado dispone de diez días hábiles a partir del siguiente al de la publicación en el BOAM para presentar la documentación requerida.

Ver resolución

 

Salud laboral desde la perspectiva de género

“La realidad de las mujeres en el mundo laboral”

La necesidad de aplicar la perspectiva de género a la salud laboral se fundamenta en la evidencia creciente de que los riegos laborales y las patologías causadas por ellos, afectan de manera desigual a los hombres y a las mujeres.

Para hacer visible esta realidad tenemos la necesidad de incorporar a la prevención de riesgos laborales (conjunto de medidas que se aplican en la actividad diaria empresarial con la finalidad de evitar o disminuir los riesgos derivados de la actividad laboral, mediante una evaluación que identifique y mida la magnitud de los mismos, y planificando las acciones preventivas necesarias que eliminen o minimicen las consecuencias para nuestra salud ante la exposición a los riesgos) 3 indicadores específicos de género:

La doble presencia (aumento de la carga de trabajo al simultanear una misma persona la responsabilidad doméstico-familiar con las obligaciones del trabajo)

El acoso sexual (comportamientos de naturaleza sexual que tienen el propósito o el efecto de atentar contra la dignidad de la persona)

El acoso por razón de género (comportamientos basados en los roles o los atributos asignados socialmente en función del sexo de la persona, con el propósito de atentar contra su dignidad)

De estos tres riesgos el de “la doble presencia” es el más desconocido por muchas trabajadoras.

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