Cirugía estética ¿Intervención por necesidad o por voluntad?La Ley General de la Seguridad Social (LGSS), así como, diferentes resoluciones judiciales que han marcado doctrina, entre ellas la del Tribunal Supremo de 21 de febrero de 2012, recurso 769/2011, especifican claramente que: Las operaciones de cirugía estética realizadas con carácter voluntario que no guarden ningún tipo de relación con un accidente, una malformación genética o una enfermedad, no solo se encuentran excluidas del sistema de la sanidad pública para recibir atención sanitaria de la Seguridad Social, sino que en principio, no dan derecho a prestación económica asociada a la baja temporal. Escribir un comentario
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