Ayudas de acción social: Ayuda de comedor y ayuda de formación de hijos e hijas

Se han publicado en el BOAM número 8.755 de fecha 23 de octubre de 2020 las siguientes resoluciones relativas a las ayudas de acción social:

1.--Concesión, denegación y desistimiento de ayudas de comedor escolar para hijos e hijas de 3 a 16 años del personal municipal del Ayuntamiento de Madrd, convocatoria 2020.

 Ver resolución

2.- Concesión, denegación y desistimiento de ayudas formación hijos e hijas solicitadas por el personal municipal del Ayuntamiento de Madrid,convocatoria 2020

Ver resolución

La información individual de cada solicitante, relativa a ambas resoluciones, se puede consultar en la intranet Ayre, en la aplicación de acción socia,l con fecha de la publicación de las presentes resoluciones en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

Actualizado (Lunes, 26 de Octubre de 2020 09:53)

 

Finalización del abono en metálico de la ayuda de transporte al personal municipal

Publicada en el BOAM número 8.753, de 21 de octubre de 2020,  una Resolución de 8 de octubre de 2020 del Director General de Función Pública de la finalización del abono en metálico de ayuda de transporte al personal municipal del Ayuntamiento de Madrid.

Las personas afectadas pueden consultar individualmente la información relativa a esta ayuda en la aplicación de Acción Social con fecha de la publicación  en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

Ver Resolución

Actualizado (Miércoles, 21 de Octubre de 2020 09:19)

 

Subsanación en la ayuda de educación infantil

Publicada en el BOAM número 8.751, de fecha 19 de octubre de 2020, una Resolución de 15 de octubre de 2020 del Director General de Función Pública por la que se requiere al personal del Ayuntamiento de Madrid para subsanar o aportar documentación en la ayuda de educación infantil. Convocatoria 2020.

El plazo de subsanación será de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de la presente resolución, en virtud de lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con la advertencia de que, en caso de no procederse a la subsanación de la documentación se le tendrá por desistido en su petición.

Ver resolución

Actualizado (Lunes, 19 de Octubre de 2020 09:20)

 

Concesión de ayudas de discapacidad física, intelectual o sensorial

Publicada en el BOAM número 8.749, de fecha 15 de octubre de 2020, una Resolución de 8 de octubre de 2020 del Director General de Función Pública de concesión de ayudas de discapacidad física, intelectual o sensorial al personal municipal, personal jubilado y pensionista del Ayuntamiento de Madrid, convocatoria 2020.

Adjuntamos resolución

Actualizado (Jueves, 15 de Octubre de 2020 08:43)

 

Subsanación de ayudas asistenciales junio agosto 2020

Se ha publicado en el BOAM número 8.733, de 22 de septiembre de 2020, una resolución del Director General de Función Pública por la que se requiere al personal municipal, personal jubilado y pensionista del Ayuntamiento
de Madrid la subsanación de documentación en las ayudas asistenciales solicitadas desde junio a agosto de 2020.

El plazo de subsanación será de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de la presente resolución, con la advertencia de que, en caso de no procederse a la subsanación de la documentación se les tendrá por desistidos en su petición.

Ver resolución

Actualizado (Martes, 22 de Septiembre de 2020 11:56)

 

Ayudas de discapacidad física, intelectual o sensorial

Publicadas en el BOAM número 8.729, de 16 de septiembre de 2020, las resoluciones firmadas por el Director General de Función Pública por las que se publican la concesión, denegación, desistimiento y subsanación de ayudas de discapacidad física, intelectual o sensorial al personal municipal, personal jubilado y pensionista del Ayuntamiento de Madrid, convocatoria 2020.

El plazo para presentar la documentación para las subsanaciones será de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la pubicación en el BOAM o de la recepción de la presente notificación...

Adjuntamos resoluciones

Actualizado (Miércoles, 16 de Septiembre de 2020 09:11)

 
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