Ayudas asistencialesSe han publicado en el BOAM número 8.761, de 3 de noviembre de 2020, las siguientes ayudas asistenciales: 1.-Subsanación ayudas asistenciales solicitadas en septiembre 2020:Resolución de 23 de octubre de 2020 del Director General de Función Pública por la que se requiere al personal municipal,personal jubilado y pensionista del Ayuntamiento de Madrid la subsanación de documentación en las ayudas asistenciales solicitadas en septiembre de 2020. El plazo de subsanación de la documentación requerida será de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. 2.-Concesión, denegación y desistimiento ayudas asistenciales junio/agosto 2020: Resolución de 28 de octubre de 2020 del Director General de Función Pública de denegación de declaración de desistimiento y publicación de la concesiónde ayudas asistenciales, de junio a agosto de 2020, al personal municipal,jubilado y pensionista del Ayuntamiento de Madrid. La inserción de la información individual de cada solicitante, relativa a las solicitudes de ayudas asistenciales de junio a agosto de 2020, en la aplicación de acción social con fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. La exposición de la relación de las ayudas asistenciales de junio a agosto de 2020 del personal pensionista que no haya realizado su solicitud de forma electrónica,estará en el tablón de anuncios, ubicado en la Oficina de Registro municipal de la calle Bustamante 16, planta baja, con fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. Escribir un comentario
Actualizado (Martes, 03 de Noviembre de 2020 10:12) Subsanación ayudas discapacidad, convocatoria 2020En el BOAM número 8.759,de 29 de octubre de 2020, se ha publicado una Resolución de 22 de octubre de 2020 del Director General de Función Pública por la que se requiere la subsanación de las solicitudes de ayuda de discapacidad física, intelectual o sensorial al personal municipal, jubilado y pensionista del Ayuntamiento de Madrid de la convocatoria de 2020. Se otorga un plazo de subsanación de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid o de la recepción de la notificación de la presente resolución, con la advertencia de que, en caso de no procederse a la subsanación de la documentación se les tendrá por desistidos en su petición. Actualizado (Jueves, 29 de Octubre de 2020 10:02) |
||
|