Sí, se puede

El TSJ de Cataluña califica como accidente de trabajo in itinere, la caída sufrida por un trabajador cuando se trasladaba del centro de trabajo a su domicilio habitual en patinete

El TSJ de Cataluña califica como accidente de trabajo in itinere, la caída sufrida por un trabajador cuando se trasladaba del centro de trabajo a su domicilio habitual en patinete
La Sala declara no haber lugar al recurso interpuesto contra la sentencia que estimó que el accidente sufrido por un trabajador mientras se trasladaba del centro de trabajo a su domicilio habitual en un patinete, había de calificarse de accidente de trabajo in itinere. Afirma que, de la interpretación de las normas a la realidad social, se ha de concluir que el uso de elementos no contaminantes, como puede ser un patinete, son medios idóneos para el desplazamiento entre el centro de trabajo y el domicilio habitual, siempre que los desplazamientos se realicen por lugares habilitados al efecto, como es el caso.

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Actualizado (Jueves, 20 de Noviembre de 2014 13:48)

 

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