Subsanación de ayudas asistenciales junio agosto 2020

Se ha publicado en el BOAM número 8.733, de 22 de septiembre de 2020, una resolución del Director General de Función Pública por la que se requiere al personal municipal, personal jubilado y pensionista del Ayuntamiento
de Madrid la subsanación de documentación en las ayudas asistenciales solicitadas desde junio a agosto de 2020.

El plazo de subsanación será de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de la presente resolución, con la advertencia de que, en caso de no procederse a la subsanación de la documentación se les tendrá por desistidos en su petición.

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Actualizado (Martes, 22 de Septiembre de 2020 11:56)

 

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