Seguridad en el trabajo, según el Área de Medio Ambiente
Tras varias reuniones mantenidas con los responsables de la Secretaria General Técnica, así como de la Dirección General de Patrimonio Verde, en concreto con los Directores Conservadores de los distintos parques, motivadas por la falta de suministro de los distintos Equipos de Protección Individual (EPI) necesarios para la realización de las distintas tareas que hacemos los trabajadores en los parques y viveros, al cual están obligados según el Real Decreto
773/1997 de 30 de Mayo sobre las disposiciones mínimas de seguridad en el trabajo y la salud, que desarrolla la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, de obligado cumplimiento.
En el articulo 3.C se dice textualmente: “El empresario estará obligado a: […] Proporcionar gratuitamente a los trabajadores los equipos de protección individual que deban utilizar, reponiéndolos cuando resulte necesario.”
La ultima respuesta que hemos obtenido por parte de los citados “responsables” del Área es de ciencia ficción: nos dicen que al no existir una relación de EPI,s necesarios en función de las labores que se realizan en jardinería, o de los EPI,s que se necesitan en función de las tareas que realizan en cada parque o vivero, no saben ni cuantos ni qué EPI,s hacen falta. La verdad es que suena a chiste de Arévalo, si no fuera por que ni es un chiste, ni tiene pizca de gracia, sobre todo cuando de lo que estamos hablando es de algo tan serio como la seguridad de los trabajadores.
Debemos refrescarles la memoria, ya que en las bases publicadas por este mismo Ayuntamiento a las pruebas de selección de personal para la incorporación de Oficiales de Jardinería, el tema 18 de esta convocatoria trata sobre las medidas de seguridad en los trabajos habituales de jardinería, y dado que la mayoría de los Directores Conservadores y Técnicos de la Dirección General de Patrimonio Verde son miembros de este Tribunal Calificador…
Por parte de la Sección Sindical de CCOO de Medio Ambiente seguimos trabajando para solventar esta situación tan lamentable propiciada por los actos de irresponsabilidad de nuestros “responsables”, además de instruirles en un sinfín de leyes y normativas vigentes aplicables a los EPI y a la seguridad en el trabajo, que si ellos hubieran tenido el más mínimo interés deberían de conocer.
El desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento.