Reducción de jornada a partir del 1 de junio
Personal con hijos/as, descendientes o personas sujetas a su tutela o acogimiento de hasta 13 años de edad o con una discapacidad igual o superior al 33%.
Según el artículo 11.9 del Acuerdo-Convenio sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos vigente, los empleados/as municipales tendrán derecho a reducir su jornada diaria en una hora a la salida desde el 1 de junio hasta el 30 de septiembre para el personal con hijos/as, descendientes o personas sujetas a su tutela o acogimiento de hasta 13 años de edad o con una discapacidad igual o superior al 33%. En el caso de menores de 13 años, se podrá disfrutar de la reducción en el año de cumplimiento de esa edad.
No obstante lo anterior, por la especialidad del servicio prestado y la dificultad de su organización, la reducción de la hora podrá aplicarse a la entrada o fraccionarse para su disfrute en la entrada y la salida. Esta modalidad de reducción horaria podrá ser disfrutada a elección del/de la trabajador/a cuando se disfrute de horario flexible.
Para disfrutar de este derecho, se puede enviar un correo electrónico a Recursos Humanos de los diversos ámbitos (Secretarías Generales Técnicas, Coordinación de Distritos, Organismos Autónomos) acreditando la circunstancia.
Si por razones organizativas y de prestación del servicio se denegara este derecho, siempre tiene que ser debidamente motivado.
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Actualizado (Miércoles, 27 de Mayo de 2020 13:40)