"Deber inexcusable" los cuidados domiciliarios del menor

Se establece como "deber inexcusable" los cuidados domiciliarios del menor.

Tras una consulta realizada por una empleada pública del Ministerio de Defensa sobre la interpretación del artículo 48.1j del Estatuto Básico del Empleado Público, referente a las ausencias de un trabajador por la necesidad de atender el cuidado domiciliario de un menor, la Dirección General de la Función Pública ha decidido establecer el permiso por “deber inexcusable” de carácter personal, interpretando de forma favorable para la conciliación el disfrute de este permiso de “deber inexcusable”.

CCOO celebra el paso que se ha dado, porque mejora la situación de indefensión en la que se suelen encontrar, también en el terreno de la conciliación, las empleadas y empleados públicos. Sin esta interpretación favorable de la Dirección General de la Función Pública, resultaba muy difícil y casi imposible la conciliación del desempeño del puesto de trabajo con la obligación de velar por los hijos menores.

La semana pasada, CCOO envió copia de dicho documento y solicitó al Subdirector de Negociación, que diera traslado urgentemente de esta interpretación realizada por la Dirección General de la Función Pública, a la Directora General de Relaciones Laborales, con el objetivo de que se aplique inmediatamente en el Ayuntamiento de Madrid y sus OO.AA. y se elabore una instrucción sobre dicha interpretación.

A día de hoy no hemos recibido respuesta, pero os animamos a que solicitéis este tipo de permiso las personas que os encontréis ante esta situación. El derecho para solicitar este permiso viene derivado de la obligación de atender un deber público o personal que genere en el empleado público una responsabilidad de índole civil, penal, administrativa, o cívica. La denegación de este permiso ha de estar siempre motivada y por escrito por tratarse de un acto limitativo de un derecho (art. 54.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

Desde hace tiempo CCOO viene reclamando la promoción de medidas relacionadas con la conciliación de la vida familiar y laboral.

En la negociación del último Acuerdo- Convenio 2012-2015, del que CCOO es firmante, propuso incluir un nuevo permiso “Cuidado del menor afectado por cáncer u otra enfermad grave”, que fue admitido y aprobado. A finales del año 2013 comenzamos la negoción sobre el reconocimiento del disfrute del permiso de lactancia a una empleada o empleado público aunque su pareja no realice un trabajo remunerado, la negociación ha culminado con éxito y se ha procedido a modificar el Acuerdo- Convenio 2012-2015.

Debemos seguir avanzando en este tipo de medidas de conciliación, y en la clarificación de su interpretación y dotarlas de flexibilidad en su aplicación. Para ello, en la negociación que se está llevando a cabo sobre el I Plan de Igualdad, este Sindicato luchará por incluir todas aquellas medidas que favorezcan la conciliación de la vida familiar y laboral.

Resolución de la Dirección General de la Función Pública

 

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