Productividad así, ¡NO!

El pasado viernes 15 de febrero la Corporación llevó a Mesa General de Negociación de Empleados Públicos la propuesta de modificación del régimen de mayor dedicación (la mal llamada Productividad) que venía regulado por Acuerdo de Junta de Gobierno de 30 de diciembre de 2004.

En CCOO manifestamos nuestro total desacuerdo con la actitud de la Corporación, por proponer retocar y poner un parche a un modelo de “productividad” que fue impuesto sin ninguna negociación y con el que estamos en contra. Expusimos la necesidad de ponerle fecha de caducidad a esa “Productividad”. Es el momento de poner en marcha la disposición adicional undécima del nuevo Acuerdo Convenio, según la cual, se negociarán en este año 2019 los criterios para el establecimiento de programas de productividad.

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Negociar una productividad para toda la plantilla municipal que no cuente con programas específicos de este tipo. Una productividad que no esté sujeta a la decisión arbitraria de los responsables de los Servicios para concederla o quitarla, ni a trabajar un mayor número de horas. Existen ya en nuestro Ayuntamiento ámbitos con programas de productividad negociados, ligados a la asistencia, que se aplican con criterios objetivos. También hay ejemplos en otros ayuntamientos, como el de Barcelona.

Y eso es lo que CCOO propone. Y es por eso que hemos votado en contra de la propuesta de modificación de este modelo de “productividad” que la Administración ha traído a la Mesa, y que ha salido adelante, con la abstención de CGT y CSIF, y los votos a favor de CITAM y UGT.

Por supuesto, nuestra posición nada tiene que ver con perjudicar a las personas que vienen realizando esta “productividad”, que a partir de la modificación tendrán que realizar una jornada de trabajo superior en 30 minutos a la duración de la jornada ordinaria en cómputo diario, estableciéndose una presencia obligada de dos tardes fijas a la semana (2 horas y media semanales) y tres tardes para el personal que ocupa puestos de subdirector general; manteniéndose en el Acuerdo la posibilidad de obligatoriedad de realizar esa permanencia a las Jefaturas de Departamento, nivel 28; Jefaturas de Servicios, nivel 29 y a las Subdirecciones Generales, nivel 30. Pero también a los Encargados/as de Oficina Auxiliar (nivel 18) y Auxiliar de Oficina (nivel 16).

Se trata de dar cumplimiento a lo acordado en nuestro Acuerdo Convenio y de negociar una verdadera productividad para toda la plantilla municipal.

 

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