Por fin se negociarán las relaciones de puestos de trabajo (RPT) con las organizaciones sindicales

Ante el cambio de actitud de la Corporación, CCOO ha decidido retirar las demandas interpuestas

El artículo 37 del EBEP determina las materias objeto de negociación que la Administración Pública debe “negociar”, asimismo el artículo 38 del EBEP indica que será en el seno de las Mesas de Negociación correspondientes, donde las Administraciones podrán concertar pactos y acuerdos con la representación sindical legitimada para determinar las condiciones de trabajo de los funcionarios y funcionarias de dichas Administraciones.

El Ayuntamiento de Madrid estructura su organización a través de las Relaciones de Puestos de Trabajo (RPTs), y esas RPTs deben ser negociadas, puesto que afectan a las condiciones generales del trabajo (calendario laboral, horarios, jornadas, turnos de trabajo, retribuciones, entre otras).

Desde CCOO siempre hemos tratado de agotar la vía del acuerdo antes de proceder a la judicialización de los temas que tratamos de negociar, y es en el caso de la negociación de las RPTs que tras muchos intentos con Corporaciones anteriores y con la actual ha sido imposible y hemos tenido que proceder a interponer demandas de las mismas por falta de negociación y como medida de presión.

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Pero esta situación ha revertido. En la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus OOAA celebrada el pasado viernes 15 de junio de 2018, se informó por parte de la Directora General de Relaciones Laborales que se iba a proceder a negociar y, por tanto, elevar a la Mesa General de Negociación las modificaciones que se llevarán a cabo de las RPTs, marcando como fecha de partida desde el 15 de mayo de 2018.

Por parte de CCOO no podemos más que celebrar esta decisión de la Corporación, que tanto nos ha costado conseguir.

Es por lo que se ha decidido en el seno de nuestra Comisión Ejecutiva retirar las demandas que habíamos interpuesto hasta la fecha.

Asimismo, está prevista próximamente la negociación del Capítulo IV Clasificación y Organización del Trabajo del Acuerdo Convenio, y en su artículo 10.4, a propuesta de este sindicato, se contemplará la entrega de copia de RPT trimestralmente, acompañada de las modificaciones efectuadas desde la última entrega, y, asimismo se negociarán con periodicidad mensual las RPTs siempre que se esté tramitando modificación de las mismas en ese periodo.

Seguimos trabajando por la defensa de los intereses de la plantilla municipal

 

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