Nos están quitando el derecho a negociar la jornada
¿Esto como va?
Según dice el Tribunal Constitucional una norma es básica cuando está encaminada y dirigida a asegurar de igual manera (manera unitaria) en todo el Estado un común denominador que se dirige de manera también unitaria y en condiciones de igualdad, a la defensa de los intereses generales.
La imposición por parte del Gobierno Popular en 2012 de una jornada mínima de 37,5 horas, prescindiendo de dónde deba aplicarse y hurtando a quienes están legitimados para ello ( Administración y Sindicatos) la posibilidad de la negociación de la misma y sin considerar que la idiosincrasia de cada Administración ( Estatal, Autonómica o local) produce al tiempo una alteración de las relaciones de puestos de trabajo y en las retribuciones e incide en la organización del trabajo (dicho sea de paso, también hurta la potestad auto organizativa de las Administraciones la imposición de esta medida, al no verlas como competentes para la autogestión de sus recursos personales). Esta imposición debería estar amparada por la “mínima homogeneidad” que establece el propio Tribunal, cuando la “actualidad política legislativa “deviene en su empeño de justificar la alteración de la normativa que sí es básica estatal, el Estatuto Básico del Empleado Público.
El art. 47 del EBEP remite a las Administraciones públicas para el establecimiento de de la Jornada de Trabajo de sus empleados y empleadas. ¿Por qué le damos carácter de permanencia a la Ley de Presupuestos del Estado del año 2012? ¿Quién negoció esa nueva jornada, que apareció en nuestras vidas en una Disposición Adicional de la Ley de Presupuestos del Estado del año 2012 y que parece que tiene vocación de eterna permanencia? ¿Es realmente una medida económica de contención del gasto poner a trabajar más tiempo a los empleados y empleadas públicas? O por el contrario ¿es evitar crear empleo estable para ayudar a la salida de la crisis de un país?
Empecemos por contestar la última de las preguntas, pues por supuesto que es un intento de evitar crear empleo estable –disminución de la tasa de desempleo, sobre todo en jóvenes-. La Administración debería pensar en cómo la creación de empleo (oposiciones) ayudaría a una nación a remontar, es evidente sin para ello precisar profundos conocimientos de macro y micro economía, la idea de fomentar activamente el consumo como estímulo para el crecimiento económico. Pues aquí no.
¿Es realmente una medida de contención del gasto las jornadas de 37.5? Pues miren, no. Alguien se puso a pensar lo que supone, por ejemplo, el incremento del mantenimiento (calefacción, luz, aire acondicionado, seguridad,…) de TODAS las edificaciones públicas dos horas y media más todos los días, estamos convencidos de que no. Tan sencillo razonamiento como lógico…, para todos, excepto para el Gobierno del PP. Ah, y no vengan con que el gasto para el Estado resulta neutral, porque los ingresos derivados de esa más jornada no dan para compensar.
¿Quién negoció esa nueva jornada, que apareció en nuestras vidas en una Disposición Adicional de la Ley de Presupuestos del Estado del año 2012 y que parece que tiene vocación de permanencia? Nadie. No existió negociación con los sindicatos como mandata el EBEP. Y eso implica dos cosas, que los sindicatos pasan a ser organizaciones ignoradas por una derecha autoritaria y partidista, que ignora una de las más importantes premisas de la democracia, como son los Sindicatos, quizás porque están cumpliendo papeles de contención frente a las políticas neoliberales, que pretende hacernos creer que son motivos económicos y de austeridad la usurpación de los derechos amparados dentro de la Libertad Sindical y reconocidos en nuestra Constitución, como es el derecho a la negociación colectiva.
La Ley de Presupuestos Generales del Estado es una ley económica que tiene una previsión de ingresos y una autorización de gastos en una anualidad y que deben respetarse, pero no es la “garante” de la manipulación del resto de normas básicas dentro de un Estado Social y democrático de Derecho, no. Eso es tanto como crear una inseguridad jurídica de tal calibre que pudiera hacer desaparecer o modificar cualquier ley sin determinar nada más que los condicionamientos políticos del gobierno de turno con mayoría absoluta, y eso, no es democracia, es dictadura ocasional de facto y por imposición.
Actualizado (Lunes, 06 de Marzo de 2017 09:23)