La Audiencia eleva al Constitucional la normativa autonómica del recorte salarial del sector público
La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, en cuatro autos distintos, amplía sus dudas de inconstitucionalidad del recorte salarial de las empleadas y empleados públicos a las normas de aplicación generadas por otras administraciones.
La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha dictado tres nuevos autos, en otros tantos conflictos colectivos planteados por la Federación de Servicios a la Ciudadanía (FSC) de CCOO en las empresas Autoridades Portuarias, Ferrocarriles de Vía Estrecha (FEVE) y Radio Televisión de Andalucía (RTVA), en los que ratifica su posición respecto al primer caso recurrido por el sindicato en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT).En aquella ocasión, la Audiencia Nacional dictó un auto en la que mostraba sus dudas sobre la constitucionalidad de la redacción dada al artículo de medidas contra el déficit acordadas por el Gobierno, relativas al recorte salarial a los empleados públicos. Este órgano jurisdiccional entendía que el artículo podría afectar al contenido esencial del derecho a la libertad sindical en relación con el derecho a la negociación colectiva.
En el auto sobre el conflicto de RTVA adquiere especial significación el hecho de que, por primera vez, la resolución judicial extiende las dudas sobre la constitucionalidad del recorte salarial en el sector público, ordenado inicialmente mediante Real Decreto Ley estatal, a las disposiciones adoptadas para su desarrollo y aplicación en otras administraciones.
Según el auto, la aplicación del recorte salarial al sector público andaluz, ordenada por la Junta de Andalucía mediante Decreto Ley 2/2010, de 18 de mayo, trae causa del carácter básico de la normativa estatal y, por tanto, deriva de la misma, estando afectada de las mismas dudas de constitucionalidad que esta última.
FSC-CCOO entiende que, como reseña el auto, el carácter básico de las disposiciones del RDL 8/2010, es la causa y fundamento de las disposiciones legales y administrativas que adoptaron las distintas administraciones , como en el supuesto andaluz, para instrumentar la rebaja salarial en el sector público.
Por tanto, los motivos de posible inconstitucionalidad de aquel están contenidos igualmente en aquellas, en cuanto afectan al contenido esencial del derecho a la negociación colectiva, vertiente funcional del derecho fundamental a la libertad sindical garantizado en nuestra Constitución.
Con estos autos, la Audiencia Nacional ratifica su posición y amplía las dudas de constitucionalidad del recorte salarial al personal laboral asalariado en entes y organismos del sector público de otras administraciones.
CCOO exige del Ejecutivo las medidas necesarias para restituir los convenios, pactos y acuerdos en vigor, así como la práctica del diálogo social en el sector público, otorgando certeza en las relaciones laborales, como forma de contribuir a la necesaria estabilidad y recuperación de la confianza, única base para un crecimiento sólido, sostenido y sostenible que saque a nuestro país de la crisis.