El Tribunal Superior de Justicia de Madrid da la razón a Ecologistas en Acción y a CCOO
LA AMPLIACIÓN DE LA M-30 FUE ILEGAL
• El Tribunal Superior de Justicia de Madrid sentencia que la ampliación de la M-30 se hizo vulnerando diferentes normativas y leyes de protección de la salud, el medio ambiente y el patrimonio histórico y cultural. Esta sentencia es firme y no se puede recurrir.
• La sentencia (de 13 páginas) refrenda la sentencia previa del Juzgado Contencioso- Administrativo nº 22 de Madrid, de 2008, que fue recurrida por el Ayuntamiento, y que era demoledora para las tesis defendidas por el Ayuntamiento y su alcalde.
• Este tremendo varapalo legal se une al desmesurado coste de esta obra (más de 10.400 millones de euros, según actas del propio Ayuntamiento) que hipotecará los presupuestos municipales durante más de 30 años.
• La ampliación de la M-30, además de ser ilegal y arruinar el presupuesto municipal, no ha solucionado los problemas para los que se dijo que se realizaba: evitar la contaminación, solucionar los problemas de tráfico…
• En buena lógica democrática, a partir de esta sentencia el Alcalde, Alberto Ruiz-Gallardón, debiera extraer evidentes consecuencias políticas y personales: la obra más emblemática de su anterior legislatura ha sido declarada ilegal.
Es de destacar que dicho Juzgado de lo Contencioso antes de emitir su sentencia elevó una cuestión prejudicial a la más alta instancia judicial de la Unión Europea, el Tribunal de Luxemburgo, quien, en julio de 2008, fue también muy contundente contra el Ayuntamiento1.
El TSJM, como ya hizo antes el Juzgado de lo Contencioso nº 22, concluye que era imprescindible la realización previa de un estudio de impacto ambiental, que no es de recibo el “troceado” en diversos proyectos para eludir este procedimiento y que el hecho de que sea una vía urbana, o no, (reiterado “argumento” del Alcalde, de ahí lo de “Calle
30”) resulta irrelevante, puesto que en todo caso su reforma –y más si es del calibre de la que se realizó– tenía que someterse a este precepto legal.
El juez de este Juzgado sentenció que “se ha constatado la infracción de una norma imperativa del derecho interno español, contenida en una ley autonómica”, refiriéndose a la vulneración de la Ley de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, que obliga taxativamente a la evaluación de impacto ambiental previa a todo proyecto que afecte
a un Bien de Interés Cultural, como era el caso de las Terrazas del Manzanares afectadas por las obras. Sin embargo, el
Gobierno regional autorizó las obras a pesar de las denuncias de Ecologistas en Acción.
Lentitud judicial: indefensión del medio ambiente y de la calidad de vida
Ecologistas en Acción se congratula de esta sentencia que le da la razón en todo lo planteado, pero no puede sino constatar cómo nuestro sistema judicial no permite en la práctica la defensa del medio ambiente, ni de la salud y bienestar de la población. A pesar de que los recursos fueron interpuestos antes del inicio de las obras, no se pudo evitar ni la ejecución del proyecto ni que los vecinos sufrieran una larga tortura de más de dos años (en los que muchos llegaron a abandonar sus viviendas) por la forma en la que se realizaron los trabajos (ruidos nocturnos, zanjas, vallas, afecciones respiratorias, etc.).
En definitiva, y como ha venido repitiendo Ecologistas en Acción y CCOO desde hace años y ahora resulta inapelable, la ampliación de la M-30 era ilegal. Los Servicios Jurídicos del Ayuntamiento han recurrido dicha sentencia, os informaremos puntualmente del resultado de este recurso.