Criterios a valorar para la asignación de plazas de aparcamiento en Albarracín, 33
Comunicado conjunto de CCOO y UGT
El pasado 17 de abril, fuimos convocados por la Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación para debatir sobre la propuesta de criterios a valorar para la asignación de las plazas de aparcamiento en calle Albarracín, 33.
Lamentablemente, no se pudo cerrar un acuerdo porque CITAM no admite otro criterio que no sea el SORTEO, muy en contra de los derechos fundamentales a la Salud y al Medio Ambiente, que de ninguna manera deben formar parte del azar.
Por tanto, el objetivo prioritario de CCOO y de UGT es garantizar el derecho a la movilidad sostenible, segura, saludable, equitativa, eficiente y económica de los trabajadores y trabajadoras, es decir: reducir la dependencia del vehículo privado motorizado, reducir riesgos de siniestralidad y estrés, reducir coste del transporte y mejorar el uso del tiempo, con los siguientes puntos:
1) Partiendo de que nuestra consideración prioritaria es la minimización del uso de coches y motos particulares como modo de desplazamiento con origen-destino laboral, y que la mejor medida disuasoria para su reducción sería eliminar todas las plazas de aparcamiento en los centros de trabajos, defendemos la urgente necesidad de mejorar los transportes públicos colectivos, sus líneas y frecuencias de paso, poniendo al servicio de la ciudadanía todas las ventajas que ofrecen esos servicios públicos: más empleo no deslocalizable, menos siniestralidad vial, menos contaminación (humos, ruidos, aceleración del cambio climático), menos derroche energético...
2) Por eso aceptamos, SOLO CON CARÁCTER PROVISIONAL, que se facilite el uso temporal de las plazas de estacionamiento para algunos vehículos automotores privados, aplicando en primer lugar los criterios de accesibilidad universal y movilidad reducida (personal titular con movilidad reducida PTMR), estacionamientos para bicicletas, necesidad de conciliación (familiar primer grado), titulares de vehículos “cero emisiones”, “eco”, coche compartido entre trabajador municipal, dificultad para el uso de transporte público, etc….
3) Cuando exista la necesidad de habilitar más plazas para personal con TEPMR, cuestiones urgentes, puntuales y concretas de conciliación o crezca la demanda de plazas para bicicletas, estás se cubrirán con las destinadas a “personal municipal que habitualmente asista a reuniones de trabajo o visitas a calle en otras ubicaciones de la ciudad y que voluntariamente utilicen su vehículo particular para desplazarse durante la jornada laboral incluyendo asistencia a reuniones en otras ubicaciones de la ciudad” (propuesta de la Dirección General).
4) Sin perjuicio de lo que se establezca durante el desarrollo del Plan de Calidad del Aire y Cambio Climático del Ayuntamiento de Madrid y/o en las normas o en las leyes que surjan para regir esta materia, todo el procedimiento se revisará cada seis meses, en la Comisión de Seguimiento Paritaria, para perfeccionar la aproximación al objeto de disminuir:
- La siniestralidad vial laboral del Ayuntamiento de Madrid.
- La contaminación (humos, ruidos, aceleración del cambio climático, etc.).
- El derroche energético.
También resulta imprescindible reclamar a la Corporación más pedagogía y campañas de sensibilización dando a conocer a la plantilla su Plan de Calidad del Aire y Cambio Climático, sobre esta materia tan importante sobre la salud.
Actualizado (Viernes, 19 de Mayo de 2017 13:06)