Cambios en Códigos de Cuenta (2)

Como ya informamos a la plantilla el pasado 23 de marzo y en las Asambleas que venimos realizando, CCOO permanecía a la espera de recibir el informe de la Asesoría Jurídica del Sindicato para corroborar nuestra opinión inicial sobre lo que entendemos es una clara irregularidad cometida por los responsables de Personal, esto es, traspasar al Código de Cuenta de la Seguridad Social denominado “Funcionarios de nuevo ingreso” (en el Régimen General de la Seguridad Social) a todos aquellos trabajadores y trabajadoras con antigüedad superior a 1 de abril de 1993 que hubieran cambiado de categoría profesional por efectos de promoción interna, procesos selectivos o acuerdos de carrera.

Por ello, y por nuestro entendimiento de que la iniciativa para parar tamaño desafuero correspondía al Sindicato, no a los trabajadores individualmente, a diferencia de otras organizaciones sindicales hemos descartado poner en marcha una propuesta de reclamación individual.

El informe de la Asesoría Jurídica de CCOO establece:

“… hemos analizado la decisión adoptada y ejecutada por el Ayuntamiento de Madrid de modificar la cuenta de cotización a Seguridad Social de un número indeterminado de funcionarios procedentes de la MUNPAL y hemos concluido que tal actuación es contraria a la Instrucción
dictada por la Tesorería General de la Seguridad Social con fecha 27 de abril de 1993” (sic) “El Real Decreto 480/1993, de 2 de abril, de integración de la MUNPAL en el Régimen General de la Seguridad Social tampoco contemplaba como posibilidad que se modificara la cuenta de cotización
a los funcionarios que han cambiado de categoría como consecuencia de un proceso selectivo o promoción interna, por lo que la afirmación que efectúa el Ayuntamiento en la nota explicativa de fecha 26 de febrero de 2010, suscrita por el Coordinador General de Recursos Humanos (Fernando
Bermejo Cabrero), no tiene amparo legal ni reglamentario en lo relativo a modificar código cuenta de cotización por cambio de categoría profesional.”

CCOO considera que el irregular traspaso de los trabajadores afectados al mencionado Código de Cuenta de la Seguridad Social para hacer posible la gestión de sus bajas por enfermedad común por ASEPEYO, representa un nuevo ejemplo de la mala gestión de Personal que se está desarrollando en nuestro Ayuntamiento.


Queremos anunciar al conjunto de la plantilla municipal que de no retrotraer las ilegales actuaciones referidas, de pretender continuar con la irregularidad cometida, de no comunicar de oficio a la Seguridad Social el grave error emprendido, la Sección Sindical Intercentros de CCOO denunciará al Ayuntamiento de Madrid ante el Consejo General del Instituto Nacional de la Seguridad Social, tramitando escrito formal con traslado de actuaciones a la Tesorería General de la Seguridad Social para que revoque las decisiones que en esta materia han adoptado las
autoridades de Personal de nuestra Administración municipal.


Emplazamos al Coordinador General de Recursos Humanos para que convoque, con carácter urgente, la Mesa de Negociación de Funcionarios para que en sede oficial responda a las presentes afirmaciones, ofreciendo las imprescindibles explicaciones al conjunto de la representación sindical.

 

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