Abierto Plazo de Inscripción de Actividades Formativas 2017

ABIERTO EL PLAZO DE INSCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES FORMATIVAS 2017 EN LA ESCUELA DE FORMACIÓN


Desde el día 24 de enero las empleadas y empleados públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos pueden inscribirse en los cursos de la Escuela de Formación. Os adjuntamos la resolución que abre las inscripciones del Plan del 2017 y que se ha publicado en el BOAM del 23 de enero.

A continuación os enumeramos lo más destacado, las novedades y modificaciones que ha habido.

• PLAZO: se inicia el 24 de enero y finaliza el 24 de febrerode 2017.
• PARA SOLICITAR LOS CURSOS:
o Abierta transversal y restringida. Desde intranet o extranet (https://extranet.munimadrid.es) general> personas> formación> alumnos> solicita y consulta tus cursos> cursos abiertos y transversales / cursos restringidos. Son dos solicitudes distintas e independientes.
o Las actividades formativas incluidas en el programa de idiomas relacionadas con el Convenio de Colaboración con la UNED, se solicitarán mediante la presentación en el registro correspondiente de un modelo de "Instancia General del Ayuntamiento de Madrid" debidamente cumplimentado, en el que se detalle el idioma solicitado y se justifiquen los motivos de la solicitud.

Leer más


o Teniendo en cuenta que el programa de alta no discrimina si la persona es o no destinatario de la actividad formativa, conviene consultar el Plan antes de apuntarse a una actividad. Hasta el 24 de febrero se pueden incluir, modificar o eliminar actividades formativas de vuestra solicitud.
• En el aula Virtual del Ayuntamiento https://escuelavirtual.madrid.es/ se pueden consultar por distintos criterios de selección las actividades y hay una sección de preguntas y respuestas para resolver dudas.

• Las Actividades formativas presentadas con anterioridad al 2017 quedan sin efecto (2). Se pueden volver a solicitar este año. Salvo la actividad 2588 - V "La Nueva Regulación del Procedimiento Administrativo y del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas. Ley 39 y 40/2015".

• Se puede volver a solicitar una actividad si han transcurrido 10 años desde que se realizó la misma (1).

• Los empleados y empleadas públicos podrán participar en los cursos de formación durante el disfrute de los permisos de parto, adopción o acogimiento y paternidad (1).

• Los autorizantes (generalmente los Subdirectores Generales del empleado) tienen un plazo de 20 días para informar de las solicitudes de actividades restringidas (1).

• Se establece un número máximo de formadores por actividad formativa (1).

• La Comisión General de Formación estudiará las denegaciones de solicitudes de actividades formativas formuladas por empleados con puestos de trabajo adaptados por razones de movilidad o de salud así como las denegaciones reiteradas.

• Los interlocutores deberán remitir a la Escuela antes del 28 de febrero el calendario de formación (1).

• Las actividades formativas impartidas por entidades públicas o privadas en virtud de convenios de colaboración suscritos con el Ayuntamiento de Madrid o sus Organismos públicos, podrán ser incorporadas al Plan de Formación siempre que cumplan determinados requisitos (1).

• En el Anexo I aparecen los criterios de Admisión:
o Los alumnos que habiendo sido admitidos y matriculados en la UNED (actualmente el Ayuntamiento abona la matrícula), no se hayan presentado a las pruebas de nivel de mayo y septiembre de 2017, quedarán excluidos de asistir a esta actividad formativa durante un periodo de 3 años.

• En el Anexo II el régimen de asistencia en la formación presencial y virtual. Cabe destacar que las plataformas de formación virtual permanecerán abiertas las 24 horas los 7 días de la semana.

• En el Anexo III figura el régimen de obtención de certificados. Se podrán obtener directamente a través del Aula Virtual del Ayuntamiento de Madrid (https://escuelavirtual.madrid.es), respondiendo previamente al cuestionario de evaluación (1).

• En el Anexo IV se detallan las reglas de compensación horaria.
o La Formación abierta y transversal tendrá derecho a una compensación del 35% de las horas lectivas, tanto para actividades virtuales como presenciales.
o El programa de idiomas en colaboración con al UNED no da derecho a ninguna compensación.
o La formación restringida es en horario de trabajo. No obstante, las horas que se realicen fuera del horario de trabajo tendrán derecho a una compensación del 100% de las horas lectivas.
o Como norma general se dispondrá de una hora de ida y otra de vuelta para el desplazamiento al lugar de la impartición de la actividad formativa (1).
• En el Anexo V figura el baremo de retribuciones del profesorado (1).
• En el Anexo VI se detallan las distintas actividades formativas.
Códigos de las actividades formativas:
• P – Presencial V-Virtual AB-Abierta TA-Transversal RE-Restringida
Notas:
(1) Novedades respecto a la Resolución de años anteriores
(2) Modificaciones respecto a las Resoluciones de años anteriores.
Próximamente saldrá publicado en AYRE la relación de alumnos convocados y de formadores de las actividades formativas de la Escuela de Formación del año 2016.
Los problemas que os surjan con el Plan de Formación comunicárnoslos en esta dirección  o por correo electrónico a Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla , indicando en el asunto la palabra FORMACIÓN. Muchas de las modificaciones y novedades de este Plan han sido consecuencia de las peticiones que habíais hecho a CCOO y que llevamos a la Comisión de Formación. Agradeceros también las propuestas de actividades formativas que nos hicisteis llegar, la mitad de las cuales se han incluido en este Plan, podéis comprobarlo en la Memoria de este Plan. Próximamente saldrá publicado en AYRE la relación de alumnos convocados y de formadores de las actividades formativas de la Escuela de Formación del año 2016.

 

Escribir un comentario


Código de seguridad
Refescar

ELECCIONES SINDICALES 2023

Cartel A3 Poder Cosas CCOO

Pincha aquí para acceder a todo el material de CCOO

 www.elecciones.ccooaytomadrid.es

Siguenos

No visible desde la Red Municipal