Concesión, Subsanación y Desistimiento de préstamos reintegrables

Se han publicado en el BOAM número 9.876, de 12 de mayo de 2025, tres resoluciones del Director General de Función Pública de fechas 6 y 7 de mayo de 2025, por las que se concedem, se requiere subsanación o se consideran desistidas solicitudes de préstamos reintegrables a personal del Ayuntamiento de Madrid.

Se otorga un plazo de subsanación de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, con la advertencia de que, en caso de no procederse a la subsanación de la documentación, se les tendrá por desistidos de su petición.

La información individual de cada solicitante, relativa a las solicitudes de préstamos reintegrables, se puede consultar en Ayre, en la aplicación de acción social "Mis ayudas" con fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

Adjuntamos resoluciones:

.- Concesión Préstamos Reintegrables

.- Subsanación Préstamos Reintegrables

.- Desistimiento préstamos reintegrables

Actualizado (Lunes, 12 de Mayo de 2025 10:48)

 

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