Desde el 1 de abril ya no se tendrá que entregar el parte de baja médica o incapacidad temporal en la empresa
El Gobierno, mediante el Real Decreto 1060/2022 que modifica el RD 625/2014, incorpora las siguientes novedades en la gestión y control de la incapacidad temporal:
• Entrada en vigor a partir del 1 de abril de 2023.
• Cese de la obligación de la persona trabajadora de tener que aportar el parte de baja, confirmación o alta a la empresa.
Aunque recibirá una copia del personal médico, será el INSS el encargado de comunicar a la empresa, mediante medios telemáticos, los partes emitidos por el Servicio Público de Salud o la mutua.
Actualizado (Viernes, 13 de Enero de 2023 09:12)