Jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre fecha de extinción de la prestación por Incapacidad Temporal
Dado su especial interés trasladamos información que ha elaborado la Secretaría de Salud Laboral y Sostenibilidad Medioambiental de la Confederación de CCOO sobre una Sentencia del Tribunal Supremo.
Esta sentencia crea jurisprudencia y cambia el criterio mantenido por las Mutuas y el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) hasta la fecha, y se aplica en los casos en que tras agotar los 365 días de Incapacidad Temporal el INSS deniega la continuación de esa incapacidad. Existían problemas pues entre la resolución y la notificación transcurría un período de tiempo en el que la prestación estaba extinguida y el trabajador o trabajadora no se había incorporado a su puesto de trabajo por no haber sido notificado, y por tanto no podía percibir las retribuciones del mismo.
Según esta sentencia, a partir de la Resolución del INSS, no se extingue la prestación hasta el momento de la notificación a la persona interesada y por tanto debe abonarse ese subsidio hasta dicha fecha.
Se pueden consultar los datos de la Sentencia en este documento.
Actualizado (Jueves, 01 de Diciembre de 2022 12:48)