La clasificación en el Grupo B, una cuestión de voluntad política

La Sección Sindical Intercentros de CCOO viene planteando desde hace años al Ayuntamiento de Madrid la necesidad de dar respuesta al correcto encuadramiento de aquellas categorías que deberían estar clasificadas en el Grupo B ya desde 2007, año de aprobación del Estatuto Básico del Empleado Público.

La Corporación justifica su negativa a nuestra exigencia en la respuesta a sus consultas a los sucesivos Ministerios con competencias en Función Pública (ya en 2013 y recientemente en 2020), que junto a los pronunciamientos judiciales que se concretan en la actual jurisprudencia del Tribunal Supremo, señalan que la clasificación en el Grupo B ha de ser mediante desarrollo legislativo autonómico, no habiéndose aprobado en la Comunidad de Madrid esta ley que posibilitaría su desarrollo.

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De esta manera, el Ayuntamiento continúa encuadrando en el subgrupo C1 aquellas categorías que por la titulación requerida como TÉCNICO/A SUPERIOR, corresponderían realmente al Grupo B. Y no tiene reparos a la hora de pedir esta titulación en las bases específicas de procedimientos selectivos para categorías encuadradas en el Grupo C1, a pesar del voto en contra de CCOO y otros sindicatos.

Desde CCOO se viene instando a la Corporación a sentarse a negociar esta cuestión desde su publicación en el EBEP, consiguiendo que figurase en el Plan de Transformación de la Gestión de Recursos Humanos y en el Convenio 2019-2022 como compromiso de negociación. Sin embargo, el Ayuntamiento sigue sin dar un paso decisivo para resolver definitivamente esta situación. Y es que, a pesar de los argumentos de imposibilidad legal de la Administración, se trata claramente de una simple cuestión de voluntad. Muestra de ello son los Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid que sí han clasificado el Grupo B en sus Relaciones de Puestos de Trabajo.

Ante la inacción municipal, hemos decidido abrir una nueva vía jurídica mediante la demanda judicial individual de algunos compañeros y compañeras afiliados a los que se requirió en sus procesos selectivos la titulación específica de técnico/a superior, a pesar de que sus categorías están encuadradas en el Grupo C1, y así figuran en la Relación de Puestos de Trabajo.

En paralelo, vamos a iniciar una campaña en favor de la clasificación de categorías en el Grupo B, que dé visibilidad a esta situación injusta e incomprensible que la Corporación debe corregir sin más excusas.

Actualizado (Viernes, 29 de Octubre de 2021 09:50)

 

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