Tribunal Supremo: Primer apellido del menor, el de la madre

El TS considera la notoria relevancia identificativa del primero de los apellidos en el desarrollo personal y social del niño a la hora de aplicar la legislación vigente, interpretándola conforme al principio del interés superior del menor.

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Actualizado (Martes, 03 de Marzo de 2015 19:10)

 

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